Commission Implementing Regulation (EU) No 1134/2011 of 9 November 2011 concerning the non-renewal of the approval of the active substance cinidon-ethyl, in accordance with Regulation (EC) No 1107/2009 of the European Parliament and of the Council concerning the placing of plant protection products on the market, and amending Commission Implementing Regulation (EU) No 540/2011 Text with EEA relevance

Published date10 November 2011
Subject MatterLegislación fitosanitaria,Législation phytosanitaire
Official Gazette PublicationDiario Oficial de la Unión Europea, L 292, 10 de noviembre de 2011,Journal officiel de l’Union européenne, L 292, 10 novembre 2011
L_2011292ES.01000101.xml
10.11.2011 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 292/1

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1134/2011 DE LA COMISIÓN

de 9 de noviembre de 2011

relativo a la no renovación de la aprobación de la sustancia activa cinidón-etilo con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo (1), y, en particular, su artículo 20,

Considerando lo siguiente:

(1) La sustancia activa cinidón-etilo se incluyó en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios (2), por un período que expira el 30 de septiembre de 2012.
(2) Para permitir a los solicitantes preparar sus solicitudes y a la Comisión evaluar dichas solicitudes y tomar una decisión al respecto, se prorrogó la inclusión del cinidón-etilo en el mencionado anexo hasta el 31 de diciembre de 2015 mediante la Directiva 2010/77/UE de la Comisión, de 10 de noviembre de 2010, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo en lo relativo a las fechas de caducidad de la inclusión de determinadas sustancias activas en su anexo I (3).
(3) Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 78, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1107/2009, esta sustancia estaba incluida en la parte A del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 de la Comisión, de 25 de mayo de 2011, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas autorizadas (4), y se considera que está aprobada en virtud del Reglamento (CE) no 1107/2009.
(4) Sin embargo, la Comisión no ha recibido ninguna solicitud para esta sustancia activa y ya ha expirado el plazo para presentar dichas solicitudes según lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1141/2010 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2010, por el que se establecen el procedimiento para renovar la inclusión de un segundo grupo de sustancias activas en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo y la lista de dichas sustancias (5).
(5) Por lo tanto, no se debe renovar la aprobación de esta sustancia activa, que debe desaparecer de la parte A del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 a partir de la
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