Commission Regulation (EC) No 2238/2002 of 16 December 2002 amending Regulation (EC) No 2799/1999 laying down detailed rules for applying Regulation (EC) No 1255/1999 as regards the grant of aid for skimmed milk and skimmed-milk powder intended for animal feed and the sale of such skimmed-milk powder

Published date17 December 2002
Subject MatterMilk products
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 341, 17 December 2002
EUR-Lex - 32002R2238 - ES 32002R2238

Reglamento (CE) n° 2238/2002 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2002, que modifica el Reglamento (CE) n° 2799/1999 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 1255/1999 del Consejo en relación con la concesión de una ayuda a la leche desnatada y a la leche desnatada en polvo destinadas a la alimentación animal y con la venta de dicha leche desnatada en polvo

Diario Oficial n° L 341 de 17/12/2002 p. 0011 - 0011


Reglamento (CE) no 2238/2002 de la Comisión

de 16 de diciembre de 2002

que modifica el Reglamento (CE) n° 2799/1999 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 1255/1999 del Consejo en relación con la concesión de una ayuda a la leche desnatada y a la leche desnatada en polvo destinadas a la alimentación animal y con la venta de dicha leche desnatada en polvo

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 509/2002(2), y, en particular, su artículo 10,

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud del artículo 26 del Reglamento (CE) n° 2799/1999 de la Comisión(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1932/2002(4), los organismos de intervención abrieron una licitación permanente para la venta de leche desnatada en polvo que hubiera entrado a formar parte de las existencias antes del 1 de abril de 2002.

(2) Habida cuenta de la cantidad que queda disponible y de la situación del mercado, es conveniente sustituir dicha fecha por la del 1 de mayo de 2002.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apartado 2 del artículo 26 del Reglamento (CE) n° 2799/1999, la fecha de "1 de abril de 2002" se sustituirá por la de "1 de mayo de 2002".

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 17 de diciembre de 2002.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 2002.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro...

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