Commission Regulation (EC) No 1155/97 of 25 June 1997 fixing the reduction coefficients for the determination of the quantity of bananas to be allocated to each operator in categories A and B from the tariff quota for 1997 (Text with EEA relevance)

Published date26 June 1997
Subject MatterQuotas - third countries,Fruit and vegetables
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 168, 26 June 1997
EUR-Lex - 31997R1155 - ES

Reglamento (CE) nº 1155/97 de la Comisión de 25 de junio de 1997 por el que se fijan los coeficientes de reducción que permiten determinar la cantidad de plátanos que debe asignarse a cada agente económico de las categorías A y B con cargo al contingente arancelario de 1997 (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 168 de 26/06/1997 p. 0067 - 0068


REGLAMENTO (CE) N° 1155/97 DE LA COMISIÓN de 25 de junio de 1997 por el que se fijan los coeficientes de reducción que permiten determinar la cantidad de plátanos que debe asignarse a cada agente económico de las categorías A y B con cargo al contingente arancelario de 1997 (Texto pertinente a los fines del EEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 404/93 del Consejo, de 13 de febrero de 1993, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del plátano (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 3290/94 (2), y, en particular, su artículo 20,

Considerando que, en aplicación del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 1442/93 de la Comisión, de 10 de junio de 1993, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de plátanos en la Comunidad (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1409/96 (4), la Comisión, en función del volumen del contingente arancelario anual y de la cantidad total de las referencias cuantitativas de los agentes económicos determinadas en aplicación de los artículos 3 y siguientes del citado Reglamento, fija, si procede, para cada categoría de agentes económicos, el coeficiente uniforme de reducción que debe aplicarse a la referencia cuantitativa de cada agente económico para determinar la cantidad que se le debe asignar para el año de que se trate;

Considerando que el Reglamento (CE) n° 2035/96 de la Comisión (5), para la aplicación del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 1442/93, fijó, con carácter provisional y en espera de la adaptación del volumen del contingente arancelario de forma consiguiente a la adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia, así como de los resultados de las comprobaciones complementarias de determinados datos comunicados por los Estados miembros, los coeficientes de reducción que deben aplicarse a la referencia cuantitativa de cada agente económico de las categorías...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT