Commission Regulation (EC) No 1329/96 of 9 July 1996 amending Regulation (EEC) No 1913/92 laying down detailed rules for implementing the specific arrangements for supplying the Azores and Madeira with beef and veal sector products

Published date10 July 1996
Subject MatterBeef and veal
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 171, 10 July 1996
EUR-Lex - 31996R1329 - ES 31996R1329

Reglamento (CE) n 1329/96 de la Comisión de 9 de julio de 1996 por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1913/92 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de abastecimiento específico de productos del sector de la carne de vacuno a las Azores y Madeira

Diario Oficial n° L 171 de 10/07/1996 p. 0011 - 0012


REGLAMENTO (CE) N° 1329/96 DE LA COMISIÓN de 9 de julio de 1996 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1913/92 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de abastecimiento específico de productos del sector de la carne de vacuno a las Azores y Madeira

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1600/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las Azores y Madeira relativas a determinados productos agrarios (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2537/95 de la Comisión (2), y, en particular, su artículo 10,

Considerando que, en aplicación del Reglamento (CEE) n° 1600/92, deben determinarse las cantidades correspondientes a los planes de abastecimiento específico de Azores y Madeira en el sector de la carne de vacuno para el período comprendido entre el 1 de julio de 1996 y el 30 de junio de 1997, tanto de carne de vacuno y de reproductores de raza pura;

Considerando que las cantidades del plan de previsiones de abastecimiento de esos productos para el período del 1 de julio de 1994 al 30 de junio de 1995 han sido fijadas por el Reglamento (CEE) n° 1913/92 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 442/96 (4); que, para seguir cubriendo las necesidades de esas regiones ultraperiféricas en cuanto a productos del sector de la carne de vacuno, es conveniente fijar tales cantidades para el período comprendido entre el 1 de julio de 1996 y el 30 de junio de 1997;

Considerando que, en aplicación del Reglamento (CEE) n° 1600/92, el régimen de abastecimiento se aplica desde el 1 de julio; que, por consiguiente, es oportuno establecer que las disposiciones del presente Reglamento sean de aplicación inmediata;

Considerando que las disposiciones del presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de bovino,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CEE) n° 1913/92 quedará...

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