Commission Regulation (EC) No 1181/2003 of 2 July 2003 amending Council Regulation (EEC) No 2136/89 laying down common marketing standards for preserved sardines

Published date03 July 2003
Subject MatterFisheries policy
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 165, 03 July 2003
EUR-Lex - 32003R1181 - ES

Reglamento (CE) n° 1181/2003 de la Comisión, de 2 de julio de 2003, que modifica el Reglamento (CEE) n° 2136/89 del Consejo, por el que se establecen normas comunes de comercialización para las conservas de sardinas

Diario Oficial n° L 165 de 03/07/2003 p. 0017 - 0018


Reglamento (CE) no 1181/2003 de la Comisión

de 2 de julio de 2003

que modifica el Reglamento (CEE) n° 2136/89 del Consejo, por el que se establecen normas comunes de comercialización para las conservas de sardinas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 104/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura(1) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n° 104/2000 establece la posibilidad de adoptar normas comunes para la comercialización de productos de la pesca en la Comunidad, especialmente con el propósito de fomentar un comercio basado en la competencia leal; esas normas pueden regular, entre otros extremos, el etiquetado de los productos.

(2) El Reglamento (CEE) n° 2136/89 del Consejo(2) establece las normas comunes de comercialización de las conservas de sardinas en la Comunidad.

(3) La creciente variedad de la oferta de productos en conserva comercializados y presentados del mismo modo que las conservas de sardinas en la Comunidad requiere que se facilite a los consumidores información suficiente sobre la identidad y las principales características de esos productos. Es por lo tanto necesario establecer disposiciones comunes sobre las denominaciones comerciales de los productos en conserva comercializados y presentados del mismo modo que las conservas de sardinas en la Comunidad.

(4) Para ello, deberán tenerse en cuenta tanto la Norma Codex STAN94 del Codex Alimentarius como las condiciones particulares del mercado comunitario.

(5) En aras de la transparencia del mercado, la lealtad de la competencia y la variedad de opciones de consumo, es necesario precisar que las conservas de productos tipo sardina deben prepararse exclusivamente con especies claramente determinadas.

(6) Es necesario tener en cuenta los cambios en los códigos referentes a las conservas de sardinas de la nomenclatura combinada.

(7) El término "sardina" sólo...

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