COMMISSION REGULATION (EEC) No 2089/93 of 27 July 1993 amending Regulation (EEC) No 3310/86 on the Community recording of market prices on the basis of the scale for the classification of carcases of adult bovine animals

Published date30 July 1993
Subject MatterBeef and veal
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 190, 30 July 1993
EUR-Lex - 31993R2089 - ES

REGLAMENTO (CEE) No 2089/93 DE LA COMISIÓN de 27 de julio de 1993 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3310/86 relativo al registro comunitario de los precios de mercado basado en el modelo de clasificación de las canales de bovinos pesados

Diario Oficial n° L 190 de 30/07/1993 p. 0008 - 0008
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 51 p. 0085
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 51 p. 0085


REGLAMENTO (CEE) No 2089/93 DE LA COMISIÓN de 27 de julio de 1993 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3310/86 relativo al registro comunitario de los precios de mercado basado en el modelo de clasificación de las canales de bovinos pesados

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1892/87 del Consejo, de 2 de julio de 1987, relativo al registro de los precios de mercado en el sector de la carne de vacuno (1) y, en particular, su artículo 2,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3310/86 de la Comisión, de 30 de octubre de 1986, relativo al registro comunitario de los precios de mercado basado en el modelo de clasificación de las canales de bovinos pesados (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2368/91 (3), estableció los criterios y el procedimiento para el registro de los precios de mercado en el sector de la carne de vacuno;

Considerando que, para que el registro de los precios de mercado pueda reflejar fielmente el conjunto de las transacciones, procede incluir las transacciones correspondientes a reses criadas y sacrificadas en los mataderos por cuenta propia y, para ello, establecer las normas de elaboración de la relación de precios;

Considerando que el envío regular a la Comisión de información, que incluya junto con la producción anual la lista de mataderos y demás establecimientos que participen en el registro de los precios, es necesario para que pueda estar segura de que los precios son realmente representativos de la producción de cada Estado miembro;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de carne de vacuno,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CEE) no 3310/86 quedará modificado como sigue:

1) Se completará con el siguiente párrafo el apartado 2 del artículo 2:

« Estos precios serán...

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