Commission Regulation (EEC) No 220/85 of 29 January 1985 amending Regulation (EEC) No 1495/80 implementing certain provisions of Articles 1, 3 and 8 of Council Regulation (EEC) No 1224/80 on the valuation of goods for customs purposes

Published date30 January 1985
Subject MatterHarmonisation of customs law: value for customs purposes
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 25, 30 January 1985,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 25, 30 gennaio 1985,Journal officiel des Communautés européennes, L 25, 30 janvier 1985
EUR-Lex - 31985R0220 - ES

Reglamento (CEE) n° 220/85 de la Comisión, de 29 de enero de 1985, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1495/80 por el que se adoptan las disposiciones de aplicación de ciertas disposiciones de los artículos 1, 3 y 8 del Reglamento (CEE) n° 1224/80 del Consejo relativo al valor en aduana de las mercancías

Diario Oficial n° L 025 de 30/01/1985 p. 0007 - 0008
Edición especial en español: Capítulo 02 Tomo 13 p. 0021
Edición especial en portugués: Capítulo 02 Tomo 13 p. 0021


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REGLAMENTO ( CEE ) N * 220/85 DE LA COMISION

de 29 de enero de 1985

por el que se modifica el Reglamento ( CEE ) n * 1495/80 por el que se adoptan las disposiciones de aplicacion de ciertas disposiciones de los articulos 1 , 3 y 8 del Reglamento ( CEE ) n * 1224/80 del Consejo relativo al valor en aduana de las mercancias

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n * 1224/80 del Consejo , de 28 de mayo de 1980 , relativo al valor en aduana de las mercancias (1) , modificado por el Reglamento ( CEE ) n * 3193/80 (2) y , en particular , el punto b ) del apartado 1 de su articulo 19 ,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) n * 1495/80 de la Comision (3) , modificado por el Reglamento ( CEE ) n * 1580/81 (4) , adopto determinadas disposiciones de aplicacion , relativas a los articulos 1 , 3 y 8 del Reglamento ( CEE ) n * 1224/80 , a fin de garantizar su aplicacion uniforme ;

Considerando que la letra c ) del articulo 3 del Reglamento ( CEE ) n * 1495/80 trata del importe de los intereses pagados en virtud de un acuerdo de financiacion relativo a la compra de las mercancias importadas ;

Considerando que las Partes del Acuerdo relativo a la aplicacion del articulo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio , resultado de las negociaciones comerciales multilaterales de 1973 a 1979 , reunidas en el marco del comité creado por el apartado 1 del articulo 18 , de dicho Acuerdo , han decidido someter a un trato uniforme , a efectos de valoracion en aduana , los intereses derivados de un acuerdo de financiacion relativo a la compra de las mercancias importadas ;

Considerando que al aceptar la decision considerada , la Comunidad ha contraido la obligacion de asegurar la conformidad de su normativa sobre el valor en aduana con las disposiciones de dicha decision ;

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