Commission Regulation (EEC) No 1061/85 of 25 April 1985 amending Regulation (EEC) No 3749/83 as regards the amounts expressed in ECU
Published date | 26 April 1985 |
Subject Matter | Commercial policy,Preferential systems,Harmonisation of customs law: origin of goods |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 113, 26 April 1985,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 113, 26 aprile 1985,Journal officiel des Communautés européennes, L 113, 26 avril 1985 |
Reglamento (CEE) n° 1061/85 de la Comisión, de 25 de abril de 1985, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3749/83 en lo referente a los importes expresados en ECUS
Diario Oficial n° L 113 de 26/04/1985 p. 0010 - 0011
Edición especial en español: Capítulo 02 Tomo 13 p. 0136
Edición especial en portugués: Capítulo 02 Tomo 13 p. 0136
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REGLAMENTO ( CEE ) N * 1061/85 DE LA COMISION
de 25 abril 1985
por el que se modifica el Reglamento ( CEE ) n * 3749/83 en lo referente a los importes expresados en ECUS
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n * 3562/84 del Consejo , de 18 de diciembre de 1984 , por el que se aplican preferencias arancelarias generalizadas para el ano 1985 a determinados productos industriales originarios de paises en vias de desarrollo (1) y , en particular , el apartado 3 de su articulo 1 ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n * 3563/84 del Consejo , de 18 de diciembre de 1984 , por el que se aplican preferencias arancelarias generalizadas para el ano 1985 a los productos textiles originarios de paises en vias de desarrollo (2) y , en particular , el apartado 3 de su articulo 1 ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n * 3564/84 del Consejo , de 18 de diciembre de 1984 , por el que se aplican preferencias arancelarias generalizadas para el ano 1985 a determinados productos agricolas originarios de paises en vias de desarrollo (3) y , en particular , el apartado 3 de su articulo 1 ,
Vista la Decision n * 84/637/CECA , de 18 de diciembre de 1984 , de los representantes de los gobiernos de los Estados miembros de la Comunidad Europea del Carbon y del Acero , reunidos en el seno del Consejo , de 18 de diciembre de 1984 , por la que se aplican preferencias arancelarias generalizadas para el ano 1985 a determinados productos siderurgicos originarios de paises en vias de desarrollo (4) y , en particular , el apartado 2 de su articulo 1 ;
Considerando que , a fin de tener en cuenta la evolucion monetaria , conviene modificar los importes expresados en ECUS que habian sido fijados en 1983 y que figuran en los articulos 7 y 10 del Reglamento ( CEE ) n * 3749/83 de la Comision , de 23 de diciembre de 1983 , relativo a la definicion de la nocion de productos originarios para la aplicacion de preferencias arancelarias concedidas por la...
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