Comunicación de la Comisión — Notificación de títulos de formación — Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (anexo V) (2)

SectionComunicaciones

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 367/5

Comunicación de la Comisión - Notificación de títulos de formación - Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (anexo V)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2011/C 367/03)

Según lo previsto en la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, modificada por la Directiva 2006/100/CE del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, por la que se adaptan determinadas directivas en el ámbito de la libre circulación de personas, con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía, en particular en su artículo 21, apartado 7, los Estados miembros deben notificar a la Comisión las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que adopten en materia de expedición de títulos de formación en el ámbito cubierto por el capítulo III de la Directiva, y la Comisión debe publicar la oportuna comunicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, indicando las denominaciones adoptadas por los Estados miembros para los títulos de formación, así como, en su caso, el organismo que expida el título de formación, el certificado que acompañe a dicho título y el título profesional correspondiente, tal y como recoge el anexo V de la Directiva en sus puntos 5.1.1, 5.1.2, 5.1.3, 5.1.4, 5.2.2, 5.3.2, 5.3.3, 5.4.2, 5.5.2, 5.6.2 y 5.7.1, junto con la fecha o el curso académico de referencia ( 1 ).

Dado que varios Estados miembros han notificado nuevos títulos o cambios en los que ya estaban recogidos en el anexo V, la Comisión publica la presente Comunicación de conformidad con el artículo 21, apartado 7, de la Directiva 2005/36/CE ( 2 ).

  1. Médicos

  2. Finlandia ha notificado el siguiente cambio en el título de médico que ya figuraba en el anexo V, punto 5.1.1, de la Directiva 2005/36/CE:

    Certificado que acompaña al título de formación

  3. Finlandia ha notificado el siguiente cambio en el título de formación en medicina general que ya figuraba en el anexo V, punto 5.1.4, de la Directiva 2005/36/CE:

    País Título de formación Título profesional Fecha de referencia

    Suomi/Finland Todistus yleislääketieteen erityiskoulutuksesta/Bevis om särskild allmänläkarutbildning

    ( 1 ) El curso académico de referencia se aplica a los títulos de arquitecto. El artículo 21, apartado 5, de la Directiva

    2005/36/CE dispone: «Los títulos de formación de arquitecto enumerados en el punto 5.7.1 del anexo V que son objeto de reconocimiento automático (...) sancionarán una formación que haya comenzado como muy pronto durante el curso académico de referencia que dicho anexo considera.». Para todos los demás títulos profesionales que enumera el anexo V, la fecha de referencia es aquella a partir de la cual deben aplicarse en el Estado miembro de que se trate los...

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