Decisión de Ejecución de la Comisión, de 2 de diciembre de 2011, que modifica la Decisión 2011/C 69/01 de la Comisión, relativa a la adopción de una decisión de financiación para 2011 en el marco del segundo programa de acción comunitaria en el ámbito de la salud (2008-2013) y a los criterios de selección, adjudicación y de otro tipo que se aplican a las contribuciones financieras para las acciones de este programa

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 3.12.2011

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 2 de diciembre de 2011

que modifica la Decisión 2011/C 69/01 de la Comisión, relativa a la adopción de una decisión de financiación para 2011 en el marco del segundo programa de acción comunitaria en el ámbito de la salud (2008-2013) y a los criterios de selección, adjudicación y de otro tipo que se aplican a las contribuciones financieras para las acciones de este programa

(2011/C 353/08)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Decisión n o 1350/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, por la que se establece el segundo Programa de acción comunitaria en el ámbito de la salud (2008-2013) ( 1 ), y, en particular, su artículo 8, apartado 1,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades

2

) (denominado en lo sucesivo «el Reglamento financiero»), y, en particular, su artículo 75,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 3 ) (denominado en lo sucesivo «las normas de desarrollo»), y, en particular, su

Vista la Decisión 2004/858/CE de la Comisión, de 15 de diciembre de 2004, por la que se crea una agencia ejecutiva, denominada «Agencia ejecutiva para el programa de salud pública», encargada de la gestión de la acción comunitaria en el ámbito de la salud pública, en aplicación del Reglamento (CE)

58/2003 del Consejo ( 4 ), y, en particular, su artículo 6,

Considerando lo siguiente:

La Decisión 2011/C 69/01 ( 5

) de la Comisión fue adoptada el 22 de febrero de 2011.

Varias de las licitaciones previstas inicialmente han generado ahorros o no han tenido éxito, de modo que no serán ejecutadas en 2011. Es preciso, pues, modificar la

distribución del presupuesto entre los diferentes mecanismos de financiación indicados en el punto 2 del anexo I de la Decisión 2011/C 69/01, para permitir que se financien un mayor número de subvenciones de proyectos.

(3) Las variaciones del presupuesto asignado inicialmente a las acciones específicas exceden del 20 % indicado en...

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