Decisión del Consejo, de 16 de marzo de 2010, que modifica la Decisión 2009/459/CE por la que se concede ayuda financiera comunitaria a medio plazo a Rumanía

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

30.3.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 83/19

ES

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 16 de marzo de 2010

que modifica la Decisión 2009/459/CE por la que se concede ayuda financiera comunitaria a medio plazo a Rumanía

(2010/183/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 332/2002 del Consejo, de 18 de febrero de 2002, por el que se establece un mecanismo de ayuda financiera a medio plazo a las balanzas de pagos de los Estados miembros

( 1

), y, en particular, su artículo 5, párrafo segundo, en relación con su artículo 8,

Vista la propuesta de la Comisión presentada previa consulta al Comité Económico y Financiero (CEF),

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante la Decisión 2009/458/CE

( 2 ), el Consejo concedió asistencia mutua a Rumanía y mediante la Decisión 2009/459/CE

( 3

), el Consejo concedió ayuda financiera a medio plazo a Rumanía.

(2) El alcance y la intensidad de la recesión económica que afecta a Rumanía requieren una revisión de las condiciones de política económica a las que se asocia el desembolso de los tramos de la ayuda financiera, a fin de tener en cuenta los efectos derivados de la contracción del PIB real mayor de lo previsto.

(3) Es preciso, por tanto, modificar la Decisión 2009/459/CE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2009/459/CE queda modificada como sigue:

1) En el artículo 3, apartado 5, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:

a) la aplicación de un programa presupuestario a medio plazo claramente definido con el fin de situar el déficit de las administraciones públicas por debajo del valor de referencia del 3 % del PIB establecido en el Tratado, siguiendo un calendario y una senda de saneamiento compatibles con las recomendaciones dirigidas por el Consejo a Rumanía en el marco del procedimiento de déficit excesivo;

.

2) En el artículo 3, apartado 5, la letra b) se sustituye por el texto siguiente:

b) la aprobación y ejecución de presupuestos anuales para 2010 y años posteriores compatibles con la senda de saneamiento establecida en el Memorando de entendimiento complementario;

.

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión es Rumanía.

Artículo 4
...

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