Decisión de la Comisión, de 11 de junio de 2009, por la que se da por concluido el procedimiento antisubvención relativo a las importaciones de sodio metálico originario de los Estados Unidos de América

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 149/74 Diario Oficial de la Unión Europea 12.6.2009

ES

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 11 de junio de 2009

por la que se da por concluido el procedimiento antisubvención relativo a las importaciones de sodio metálico originario de los Estados Unidos de América

(2009/452/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 2026/97 del Consejo, de 6 de octubre de 1997, sobre la defensa contra las importaciones subvencionadas originarias de países no miembros de la Comunidad Europea

( 1 ) («el Reglamento de base»), y, en particular, su artículo 14,

Previa consulta al Comité consultivo,

Considerando lo siguiente:

  1. PROCEDIMIENTO

    1.1. Inicio

    (1) El 23 de julio de 2008, la Comisión inició, mediante un anuncio («anuncio de inicio») publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea

    ( 2 ), un procedimiento antisubvención relativo a las importaciones en la Comunidad de sodio, a granel, originario de los Estados Unidos de América, normalmente declarado en el código NC ex 2805 11 00 («el producto afectado»).

    (2) El procedimiento se inició tras una denuncia presentada el 10 de junio de 2008 por el único productor comunitario, Métaux Spéciaux (MSSA SAS) («el denunciante»).

    (3) El 23 de julio de 2008 la Comisión inició una investigación antidumping sobre las importaciones del mismo producto originario de los Estados Unidos de América

    ( 3

    ). Esta investigación se dio por concluida mediante la Decisión 2009/453/CE de la Comisión de

    ( 4 ).

    1.2. Partes afectadas e inspecciones in situ

    (4) Con anterioridad al inicio del procedimiento y de conformidad con el artículo 10, apartado 9, del Reglamento (CE) n o 2026/97, la Comisión notificó a los representantes de los Estados Unidos de América que había recibido una denuncia debidamente documentada en la que se alegaba que las importaciones subvencionadas de sodio, a granel, originario de los Estados Unidos de América, estaban causando un perjuicio importante a la industria de la Comunidad. Se invitó a los representantes de los Estados Unidos de América a celebrar consultas con objeto de aclarar la situación por lo que se refiere al contenido de la denuncia y de llegar a una solución mutuamente acordada. Los representantes de los Estados Unidos de América aceptaron la oferta de consultas, que se celebraron posteriormente, el 11 de julio de 2008. No se pudo llegar a una solución mutuamente acordada durante las consultas. Sin...

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