Decisión del Consejo, de 31 de enero de 2011, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza, por el que se establecen las condiciones para la participación de la Confederación Suiza en el programa «La juventud en acción» y en el programa de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (2007-2013)

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

8.2.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 32/1

ES

II

(Actos no legislativos)

ACUERDOS INTERNACIONALES

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 31 de enero de 2011

relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza, por el que se establecen las condiciones para la participación de la Confederación Suiza en el programa «La juventud en acción» y en el programa de acción en el ámbito del aprendizaje permanente

(2007-2013)

(2011/82/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

(3) Procede celebrar el Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza, por el que se establecen las condiciones para la participación de la Confederación Suiza en el programa «La juventud en acción» y en el programa de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (2007-2013)

( 4 ) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»).

Artículo 2

El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a las notificaciones previstas en los artículos 3 y 5 del Acuerdo.

Artículo 3

El Acuerdo está vinculado al Acuerdo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre la libre circulación de personas

( 5 ), celebrado mediante Decisión 2002/309/CE, Euratom del Consejo y de la Comisión

( 6

), según lo dispuesto en el artículo 3 del

Acuerdo.

Artículo 4

En caso de denuncia del Acuerdo, la Comisión estará autorizada a tratar con Suiza las consecuencias de dicha denuncia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Acuerdo.

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 165, apartado 4, y su artículo 166, apartado 4, leídos en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1) La Comisión ha negociado, en nombre de la Unión Europea, el Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza, por el que se establecen las condiciones para la participación de la Confederación Suiza en el programa «La juventud en acción» y en el programa de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (2007-2013) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), programas establecidos, respectivamente, por las Decisiones n o 1719/2006/CE

( 1

) y n o 1720/2006/CE

( 2

) del Parlamento Europeo y del Consejo...

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