Reglamento de Ejecución (UE) nº 673/2012 del Consejo, de 23 de julio de 2012, por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 36/2012 relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Siria

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

L 196/8 Diario Oficial de la Unión Europea 24.7.2012

ES

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 673/2012 DEL CONSEJO

de 23 de julio de 2012

por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) n o 36/2012 relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Siria

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n o 36/2012

( 1 ), y en particular su artículo 32, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n o 36/2012.

(2) Dada la gravedad de la situación en Siria, y de acuerdo con la Decisión de Ejecución 2012/424/PESC del Consejo, de 23 de julio de 2012, por la que se aplica la Decisión 2011/782/PESC del Consejo relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria

( 2

a más personas y entidades en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n o 36/2012.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se añaden a la lista que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n o 36/2012 las personas y entidades enumeradas en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de julio de 2012.

Por el Consejo La Presidenta

  1. ASHTON

), debe incluirse

( 1 ) DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.

( 2 ) Véase la página 81 del presente Diario Oficial.

24.7.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 196/9

ES

ANEXO

Personas y entidades a las que se hace referencia en el artículo 1

Personas

Nombre Información para la identificación Motivos para la inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

Director de la sección 215 (Damasco) del Servicio de información del Ejército de Tierra. Responsable de la tortura de miembros de la oposición detenidos. Participa en la represión realizada contra civiles.

24.7.2012

  1. General de Brigada Sha'afiq Masa

  2. General de Brigada Burhan Qadour

    Director de la sección 291 (Damasco) del Servicio de información del Ejército de Tierra. Responsable de la tortura de miembros de la oposición detenidos.

    24.7.2012

  3. General de Brigada Salah Hamad

    Director adjunto de la sección 291 del Servicio de información del Ejército de Tierra. Responsable de la tortura de miembros de la oposición detenidos.

    24.7.2012

    General de Brigada Muhammad

    (o: Mohammed) Khallouf (alias Abou Ezzat)

    Director de la sección 235 denominada "Palestina" (Damasco) del Servicio de información del Ejército de Tierra, que se encuentra en el corazón del dispositivo de represión del Ejército. Participa directamente en la represión de la oposición. Responsable de la tortura de miembros de la oposición detenidos.

  4. 24.7.2012

  5. General de División Riad al-Ahmed

    Director de la sección de Lattaquié del Servicio de información del Ejército de Tierra. Responsable de la tortura y el asesinato de miembros de la oposición detenidos.

    24.7.2012

  6. ...

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