Explotación de los servicios aéreos regulares Concurso convocado por Francia con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares entre Brive (Laroche) y París (Orly)
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Consejo de la Unión Europea |
Explotación de los servicios aØreos regulares Concurso convocado por Francia con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aØreos regulares entre Brive (Laroche) y París (Orly) (2001/C 304/09) (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. Introducción: En virtud de lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23.7.1992, relativo al acceso de las compaæías aØreas de la Comunidad a las rutas aØreas intracomunitarias, Francia ha decidido imponer obligaciones de servicio poeblico en los servicios aØreos regulares que operen entre Brive (Laroche) y París (Orly). Las normas correspondientes a dichas obligaciones de servicio poeblico se publicaron en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 300 de 26.10.2001.
En la medida en que, a 1.1.2002, ninguna compaæía aØrea haya iniciado o estØ por iniciar servicios aØreos regulares entre Brive (Laroche) y Paris (Orly) de conformidad con las obligaciones de servicio poeblico impuestas y sin solicitar compensación económica alguna, Francia ha decidido, con arreglo al procedimiento de la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento mencionado, limitar el acceso a esa ruta a una oenica compaæía y conceder mediante concurso el derecho de explotar dichos servicios aØreos a partir del 1.2.2002.
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Objeto del concurso: Ofrecer, a partir del 1.2.2002, servicios aØreos regulares entre Brive (Laroche) y París (Orly) de conformidad con las obligaciones de servicio poeblico impuestas para dicha ruta y publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 300 de 26.10.2001.
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Participación en el concurso: La participación estÆ abierta a todas las compaæías aØreas titulares de una licencia de explotación vÆlida expedida por un Estado miembro en virtud del Reglamento (CEE) no 2407/92 del Consejo, de 23.7.1992, sobre la concesión de licencias a las compaæías aØreas.
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Procedimiento del concurso: El presente concurso se ajusta a lo dipuesto en las letras d), e), f), g), h) e i) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92.
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Pliego de condiciones: El pliego de condiciones completo, que consta del reglamento específico del concurso, del acuerdo de delegación de servicio poeblico y de su anexo tØcnico (texto de las obligaciones de servicio poeblico publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas) puede obtenerse...
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