Explotación de servicios aéreos regulares Concurso convocado por Francia con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares entre Castres (Mazamet) y París (Orly)

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

III (Informaciones) COMISIÓN Explotación de servicios aØreos regulares Concurso convocado por Francia con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aØreos regulares entre Castres (Mazamet) y París (Orly) (2002/C 20/07) (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. Introducción: En virtud de lo dipuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compaæías aØreas de la Comunidad a las rutas aØreas intracomunitarias, Francia ha decidido imponer obligaciones de servicio poeblico a los servicios aØreos regulares que operen entre Castres (Mazanet) y París (Orly). Las normas correspondientes a dichas obligaciones de servicio poeblico se publicaron en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas no C 18 de 22.1.2002.

Con supeditación a que, a 6 de abril de 2002, ninguna compaæía aØrea haya iniciado o estØ por iniciar servicios aØreos regulares entre Castres (Mazamet) y París (Orly) de conformidad con las obligaciones de servicio poeblico impuestas y sin solicitar compensación económica alguna,

Francia ha decidido, con arreglo al procedimiento previsto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento mencionado, limitar el acceso a esa ruta a una oenica compaæía y conceder mediante concurso el derecho de explotar dichos servicios aØreos a partir del 6 de mayo de 2002.

  1. Objeto del concurso: Ofrecer, a partir del 6 de mayo de 2002, servicios aØreos regulares entre Castres (Mazamet) y París (Orly) de conformidad con las obligaciones de servicio poeblico impuestas para dicha ruta y publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas no C 18 de 22.1.2002.

  2. Participación en el concurso: La participación estÆ abierta a todas las compaæías titulares de una licencia de explotación vÆlida expedida por un Estado miembro en virtud del Reglamento (CEE) no 2407/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, sobre la concesión de licencias a las compaæías aØreas.

  3. Procedimiento del concurso: El presente concurso se ajusta a lo dipuesto en las letras d), e), f), g), h) e i) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92.

  4. Pliego de condiciones: El Pliego de condiciones completo, que consta del reglamento específico del concurso, del acuerdo de delegación de servicio poeblico y de su anexo tØcnico (texto de las obligaciones de servicio poeblico...

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