Explotación de servicios aéreos regulares Concurso convocado por Francia con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares entre Lorient-Lann Bihoué y Lyón (Satolas)Texto pertinente a efectos del EEE (1)

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

III (Informaciones) COMISIÓN Explotación de servicios aéreos regulares Concurso convocado por Francia con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares entre Lorient-Lann Bihoué y Lyón (Satolas) (1999/C 267/05) (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. Introducción En virtud de lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23.7.1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias, Francia ha decidido imponer obligaciones de servicio público en los servicios aéreos regulares que operen entre los aeropuertos de Lorient-Lann Bihoué y Lyón (Satolas). Las normas correspondientes a dichas obligaciones se publicaron en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 188/7 de 28.6.1999 y n° 96/C 188/07.

En la medida en que, a 3.12.1999, ninguna compañía aérea haya iniciado o esté por iniciar servicios aéreos regulares entre Lorient-Lann Bihoué y Lyón (Satolas), de conformidad con las obligaciones de servicio público impuestas y sin solicitar compensación económica alguna, Francia ha decidido, con arreglo al procedimiento de la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento mencionado, limitar el acceso a esa ruta a una compañía y conceder mediante concurso el derecho de explotar dichos servicios aéreos a partir del 3.1.2000.

  1. Objeto del concurso Ofrecer, a partir del 3.1.2000, servicios aéreos regulares entre Lorient-Lann Bihoué y Lyón (Satolas) de conformidad con las obligaciones de servicio público impuestas para dicha conexión y publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 118/07 de 28.6.1996.

  2. Participación en el concurso La participación está abierta a todas las compañías comunitarias titulares de una licencia de explotación válida expedida por en Estado miembro en virtud del Reglamento (CEE) no 2407/92 del Consejo, de 23.7.1992, sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas.

  3. Procedimiento del concurso El presente concurso se ajusta a lo dispuesto en las letras d), e), f), g), h) e i) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92.

  4. Pliego de condiciones El pliego de condiciones completo, que consta del reglamento específico del concurso, del acuerdo de delegación de servicio público y de su anexo técnico (texto de las obligaciones de servicio público publicadas el...

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