Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) no 1348/2013 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2013, que modifica el Reglamento (CEE) no 2568/91 relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodosde análisis (DO L 338 de 17.12.2013)

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión Europea

3.7.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 196/45

1. En la página 32, en el artículo 1, en el punto 1, en el texto que modifica el artículo 2, apartado 2, párrafo tercero, primera frase, del Reglamento (CEE) no 2568/91:

donde dice:

En caso de que el panel autorizado no confirme tal declaración en lo que respecta a las características organolépticas, las autoridades nacionales o sus representantes ordenarán que se proceda, a petición del interesado, a dos análisis contradictorios por otros paneles autorizados; al menos uno de ellos deberá ser realizado por un panel de cata autorizado por el Estado miembro productor.

,

debe decir:

En caso de que el panel autorizado no confirme tal declaración en lo que respecta a las características organolépticas, las autoridades nacionales o sus representantes ordenarán que se proceda, a petición del interesado, a realizar sin dilación dos análisis contradictorios por otros paneles autorizados; al menos uno de ellos deberá ser realizado por un panel de cata autorizado por el Estado miembro productor.

.

2. En la página 38, en el anexo II, en el texto que modifica el título del anexo I bis del Reglamento (CEE) no 2568/91:

donde dice:

MUESTREO DE ACEITE DE OLIVA O ACEITE DE ORUJO DE OLIVA ENTREGADO EN ENVASES INMEDIATOS

,

debe decir:

MUESTREO DE ACEITE DE OLIVA O ACEITE DE ORUJO DE OLIVA DISTRIBUIDO EN ENVASES INMEDIATOS

.

3. En la página 38, en el anexo II, en el punto 1.2, en el párrafo primero, en la segunda frase, en el texto que modifica el anexo I bis del Reglamento (CEE) no 2568/91:

donde dice:

La muestra elemental debe estar constituida por varios ejemplos.

,

debe decir:

La muestra elemental debe estar constituida por varios ejemplares.

.

4. En la página 38, en el anexo II, en el punto 1.2, en el párrafo segundo, en el texto que modifica el anexo I bis del Reglamento (CEE) no 2568/91:

donde dice:

«Se entenderá por “ejemplo” cada uno de los envases que componen la muestra elemental.»,

debe decir:

«Se entenderá por “ejemplar” cada uno de los envases que componen la muestra elemental.».

5. En la página 39, en el anexo II, en el punto 1.2, en el párrafo cuarto, en el texto que modifica el anexo I bis del Reglamento (CEE) no 2568/91:

donde dice:

El contenido de la muestra elemental se pasará a una serie de envases con una capacidad mínima de 1,0 litro, cada una de las cuales constituye un ejemplo de la muestra elemental.

,

debe decir:

El contenido de la muestra elemental se pasará...

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