Council Decision (EU) 2016/1392 of 12 July 2016 on the signing, on behalf of the European Union, and provisional application, of the Amending Protocol to the Agreement between the European Community and the Principality of Monaco providing for measures equivalent to those laid down in Council Directive 2003/48/EC

Published date19 August 2016
Subject Matterrelazioni esterne,affari fiscali,relaciones exteriores,fiscalidad,relations extérieures,fiscalité
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell'Unione europea, L 225, 19 agosto 2016,Diario Oficial de la Unión Europea, L 225, 19 de agosto de 2016,Journal officiel de l'Union européenne, L 225, 19 août 2016
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19.8.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 225/1

DECISIÓN (UE) 2016/1392 DEL CONSEJO

de 12 de julio de 2016

relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y a la aplicación provisional del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Principado de Mónaco por el que se prevén medidas equivalentes a las establecidas en la Directiva 2003/48/CE del Consejo

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 115, en relación con su artículo 218, apartado 5, y su artículo 218, apartado 8, párrafo segundo,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El 14 de mayo de 2013, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con el Principado de Mónaco con objeto de modificar el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Principado de Mónaco por el que se prevén medidas equivalentes a las establecidas en la Directiva 2003/48/CE del Consejo (1) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), a fin de adaptar dicho Acuerdo a la evolución registrada recientemente a escala mundial, y se acordó fomentar el intercambio automático de información como norma internacional.
(2) El texto del Protocolo modificativo del Acuerdo (en lo sucesivo, «el Protocolo modificativo»), consensuado en las negociaciones, refleja debidamente las directrices de negociación adoptadas por el Consejo, ya que permite adaptar el Acuerdo a la evolución registrada recientemente a escala mundial en relación con el intercambio automático de información, a saber, a la «Norma Internacional única de intercambio automático de información sobre cuentas financieras» elaborada por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). La Unión, los Estados miembros y el Principado de Mónaco han participado activamente en la labor del Foro Mundial de la OCDE para apoyar la elaboración y aplicación de dicha Norma. El texto del Acuerdo, tal y como queda modificado por el Protocolo modificativo, constituye la base jurídica para la aplicación de la Norma Internacional en las relaciones entre la Unión y el Principado de Mónaco.
(3) Procede firmar el Protocolo modificativo.
(4) Teniendo en cuenta las orientaciones expresadas por el Principado de Mónaco en el marco del Foro Mundial de la OCDE, el Protocolo modificativo debe aplicarse de forma provisional a partir del 1 de enero
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