Council Regulation (EEC) No 4193/88 of 21 December 1988 amending for the seventh time Regulation (EEC) No 3094/86 laying down certain technical measures for the conservation of fishery resources

Published date31 December 1988
Subject MatterFisheries policy
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 369, 31 December 1988
EUR-Lex - 31988R4193 - ES

Reglamento (CEE) n° 4193/88 del Consejo de 21 de diciembre de 1988 que modifica por séptima vez el Reglamento (CEE) n° 3094/86 por el que se establecen determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros

Diario Oficial n° L 369 de 31/12/1988 p. 0001 - 0002
Edición especial en finés : Capítulo 4 Tomo 3 p. 0114
Edición especial sueca: Capítulo 4 Tomo 3 p. 0114


REGLAMENTO (CEE) No 4193/88 DEL CONSEJO de 21 de diciembre de 1988 que modifica por séptima vez el Reglamento (CEE) no 3094/86 por el que se establecen determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 170/83 del Consejo, de 25 de enero de 1983, por el que se constituye un régimen comunitario de conservación y gestión de los recursos de la pesca (1), modificado por el Acta de adhesión de España y de Portugal, y, en particular, su artículo 11,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 170/83 establece que las medidas de conservación necesarias para alcanzar los objetivos enunciados en el artículo 1 de dicho Reglamento deberán elaborarse a la luz de los dictámenes científicos disponibles ;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3094/86 (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3287/88 (3), establece las normas generales relativas a la pesca y desembarque de los recursos biológicos hallados en aguas comunitarias ;

Considerando que las poblaciones de lenguado en las aguas de la Comunidad están considerablemente sobreexplotadas ; que la captura del lenguado y de la solla se efectúa con los mismos métodos de pesca ; que resulta pues necesario adoptar medidas suplementarias para regular la pesca del lenguado y de la solla ;

Considerando que, habida cuenta de los últimos informes científicos es necesario fijar límites estacionales a determinadas actividades pesqueras en el mar del Norte a fin de limitar la pesca de la solla joven ;

Considerando que se deberían aplicar las modificaciones de las normas que rigen la pesca en el Skagerrak y el Kattegat que han sido acordadas entre la delegación de la Comunidad y las de Noruega y Suecia ; que es conveniente, por lo tanto, retrasar la fecha de entrada en vigor del aumento del tamaño mínimo de...

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