Council Regulation (EEC) No 2374/86 of 24 July 1986 amending for the fourth time Regulation (EEC) No 3721/85 fixing, for certain fish stocks and groups of fish stocks, the total allowable catches for 1986 and certain conditions under which they may be fished

Published date30 July 1986
Subject MatterFisheries policy
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 206, 30 July 1986
EUR-Lex - 31986R2374 - ES 31986R2374

Reglamento (CEE) n° 2374/86 del Consejo de 24 de julio de 1986 que modifica por cuarta vez el Reglamento (CEE) n° 3721/85 por el que se fijan, para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, los totales admisibles de capturas para 1986 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse

Diario Oficial n° L 206 de 30/07/1986 p. 0004


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REGLAMENTO (CEE) No 2374/86 DEL CONSEJO

de 24 de julio de 1986

que modifica por cuarta vez el Reglamento (CEE) no 3721/85 por el que se fijan, para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, los totales admisibles de capturas para 1986 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 170/83 del Consejo, de 25 de enero de 1983, por el que se constituye un régimen comunitario de conservación y de gestión de los recursos de la pesca (1) y, en particular, su artículo 11,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (CEE) no 170/83, corresponde al Consejo fijar los totales admisibles de capturas para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, la parte disponible para la Comunidad y las condiciones específicas en que deberán realizarse las capturas; que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4 de este Reglamento, la parte disponible para la Comunidad se repartirá entre los Estados miembros;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3721/85 (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2057/86 (3) fija para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones, los totales admisibles de capturas para 1986 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3721/85 fija los totales admisibles de capturas , la parte disponible para la Comunidad y las cuotas asignadas a los Estados miembros para la pesca del arenque en Skagerrak y Kattegat (división CIEM IIIa) para el período del 1 de enero hasta el 31 de julio solamente;

Considerando que, a la luz de los últimos dictámenes científicos es, posible ahora fijar el total admisible de capturas para todo el año;

Considerando que han tenido lugar consultas trilaterales con el Reino de Noruega y con el Reino de Suecia; que no ha sido posible llegar a un...

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