Council Regulation (EEC) No 2374/86 of 24 July 1986 amending for the fourth time Regulation (EEC) No 3721/85 fixing, for certain fish stocks and groups of fish stocks, the total allowable catches for 1986 and certain conditions under which they may be fished
Published date | 30 July 1986 |
Subject Matter | Fisheries policy |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 206, 30 July 1986 |
Reglamento (CEE) n° 2374/86 del Consejo de 24 de julio de 1986 que modifica por cuarta vez el Reglamento (CEE) n° 3721/85 por el que se fijan, para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, los totales admisibles de capturas para 1986 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse
Diario Oficial n° L 206 de 30/07/1986 p. 0004
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REGLAMENTO (CEE) No 2374/86 DEL CONSEJO
de 24 de julio de 1986
que modifica por cuarta vez el Reglamento (CEE) no 3721/85 por el que se fijan, para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, los totales admisibles de capturas para 1986 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 170/83 del Consejo, de 25 de enero de 1983, por el que se constituye un régimen comunitario de conservación y de gestión de los recursos de la pesca (1) y, en particular, su artículo 11,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (CEE) no 170/83, corresponde al Consejo fijar los totales admisibles de capturas para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, la parte disponible para la Comunidad y las condiciones específicas en que deberán realizarse las capturas; que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4 de este Reglamento, la parte disponible para la Comunidad se repartirá entre los Estados miembros;
Considerando que el Reglamento (CEE) no 3721/85 (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2057/86 (3) fija para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones, los totales admisibles de capturas para 1986 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse;
Considerando que el Reglamento (CEE) no 3721/85 fija los totales admisibles de capturas , la parte disponible para la Comunidad y las cuotas asignadas a los Estados miembros para la pesca del arenque en Skagerrak y Kattegat (división CIEM IIIa) para el período del 1 de enero hasta el 31 de julio solamente;
Considerando que, a la luz de los últimos dictámenes científicos es, posible ahora fijar el total admisible de capturas para todo el año;
Considerando que han tenido lugar consultas trilaterales con el Reino de Noruega y con el Reino de Suecia; que no ha sido posible llegar a un...
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