Council Regulation (EEC) No 56/83 of 16 December 1982 concerning the implementation of the Agreement on the international carriage of passengers by road by means of occasional coach and bus services (ASOR)

Published date13 January 1983
Subject Mattertransportes,relaciones exteriores,trasporti,relazioni esterne,transports,relations extérieures
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 10, 13 January 1983,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 10, 13 gennaio 1983,Journal officiel des Communautés européennes, L 10, 13 janvier 1983
EUR-Lex - 31983R0056 - ES

Reglamento (CEE) n° 56/83 del Consejo, de 16 de diciembre de 1983, sobre la ejecución del Acuerdo relativo a los servicios discrecionales internacionales de viajeros por carretera efectuados con autocares o autobuses (ASOR)

Diario Oficial n° L 010 de 13/01/1983 p. 0001 - 0003
Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 10 p. 0154
Edición especial en español: Capítulo 07 Tomo 3 p. 0151
Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 10 p. 0154
Edición especial en portugués: Capítulo 07 Tomo 3 p. 0151


REGLAMENTO ( CEE ) N º 56/83 DEL CONSEJO

de 16 de diciembre de 1983

sobre la ejecución del Acuerdo relativo a los servicios discrecionales internacionales de viajeros por carretera efectuados con autocares o autobuses ( ASOR )

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 75 ,

Vista la propuesta de la Comisión (1) ,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2) ,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3) ,

Considerando que , en virtud de la Decisión 82/505/CEE (4) , la Comunidad ha celebrado el Acuerdo relativo a los servicios discrecionales internacionales de viajeros por carretera efectuados con autocares o autobuses ( ASOR ) y que por consiguiente dicho Acuerdo es aplicable a dichos servicios entre la Comunidad y las demás partes contratantes que lo han ratificado ;

Considerando que , en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 del ASOR , las partes contratantes adoptan las medidas necesarias para la ejecución de dicho Acuerdo ;

Considerando que , para la aplicación del ASOR en la Comunidad , se deben precisar determinadas competencias del Consejo , de la Comisión y de los Estados miembros ;

Considerando que el principio contenido en el apartado 2 del artículo 14 del ASOR , según el cual las autoridades competentes se comunican mutuamente las infracciones cometidas en su territorio por un transportista establecido en el territorio de otra parte contratante y , en su caso , la sanción aplicada , debe aplicarse igualmente a los casos de infracción respecto del ASOR cometidas en el territorio de un Estado miembro por un transportista establecido en otro Estado miembro ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

Las autoridades competentes mencionadas en el apartado 2 del artículo 2 , en el apartado 4 del artículo 4 , en los...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT