Council Regulation (EEC) No 697/93 of 17 March 1993 amending Regulation (EEC) No 3759/92 on the common organization of the market in fishery and aquaculture products and amending Regulation (EEC) No 2658/87 on the tariff and statistical nomenclature and on the Common Customs Tariff

Published date30 March 1993
Subject MatterCommon customs tariff,Fisheries policy
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 76, 30 March 1993
EUR-Lex - 31993R0697 - ES 31993R0697

Reglamento (CEE) n° 697/93 del Consejo, de 17 de marzo de 1993, que modifica el Reglamento (CEE) n° 3759/92 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, y el Reglamento (CEE) n° 2658/87, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

Diario Oficial n° L 076 de 30/03/1993 p. 0012 - 0026


REGLAMENTO (CEE) No 697/93 DEL CONSEJO de 17 de marzo de 1993 que modifica el Reglamento (CEE) no 3759/92 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, y el Reglamento (CEE) no 2658/87, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 43,

Visto la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3759/92 (4) identifica a la mayoría de las especies de peces por sus nombres taxonómicos;

Considerando que algunas de las especies de peces comúnmente conocidas a escala internacional como truchas recibieron nuevos nombres taxonómicos cuando fueron trasladadas del género Salmo al género Oncorhynchus; que este cambio de nombre taxonómico no afecta a la clasificación arancelaria de estas especies ni a la estructura del arancel aduanero común; que puede ser suficiente con referirse a los nuevos nombres taxonómicos en una nota al pie de página; que procede modificar en consecuencia el Anexo VII de dicho Reglamento;

Considerando que la nomenclatura arancelaria resultante de la aplicación del Reglamento (CEE) no 3759/92 se incluye en el arancel aduanero común; que, por consiguiente, debe modificarse la nomenclatura combinada del Anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 (5),

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo VII del Reglamento (CEE) no 3759/92 se sustituye por el que figura en el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El Anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 se sustituye por el Anexo del presente Reglamento en lo que respecta a los códigos NC que figuran en el mismo.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor a las seis semanas de su publicación en...

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