Council Regulation (EU) No 1201/2014 of 7 November 2014 adjusting, with effect from 1 July 2011 , 1 July 2012 and 1 July 2013 , the rate of contribution to the pension scheme of officials and other servants of the European Union

Published date08 November 2014
Subject Matterstatuto dei funzionari e regime altri agenti,Estatuto de los funcionarios y régimen de otros agentes,statut des fonctionnaires et régime des autres agents
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell'Unione europea, L 325, 8 novembre 2014,Diario Oficial de la Unión Europea, L 325, 8 de noviembre de 2014,Journal officiel de l'Union européenne, L 325, 8 novembre 2014
L_2014325ES.01000101.xml
8.11.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 325/1

REGLAMENTO (UE) No 1201/2014 DEL CONSEJO

de 7 de noviembre de 2014

por el que se adapta, con efectos a partir del 1 de julio de 2011, 1 de julio de 2012 y 1 de julio de 2013, el porcentaje de la contribución al régimen de pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, fijado por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 (1), y, en particular, el artículo 83 bis y el anexo XII de dicho Estatuto,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) La finalidad del artículo 19 del anexo XIII del Estatuto de los funcionarios, modificado en último lugar por el Reglamento (UE, Euratom) no 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), es hacer posible que las instituciones de la Unión tomen las medidas necesarias para solucionar sus discrepancias en relación con las adaptaciones de las retribuciones y pensiones correspondientes a 2011 y 2012 y la adaptación correspondiente a 2011 del porcentaje de la contribución al régimen de pensiones, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, teniendo debidamente en cuenta las legítimas expectativas del personal en el sentido de que el Consejo ha de decidir todos los años el porcentaje de la contribución al régimen de pensiones.
(2) En el marco de un planteamiento global de resolución de las discrepancias y con el fin de dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de 19 de noviembre de 2013 en el asunto C-63/12 (3), Comisión/Consejo, el Parlamento Europeo y el Consejo han adoptado los Reglamentos (UE) no 422/2014 (4) y (UE) no 423/2014 (5), por los que se adaptan con efectos a partir del 1 de julio de 2011 y a partir del 1 de julio de 2012 las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea. Esas adaptaciones requieren la correspondiente adaptación retroactiva del porcentaje de la contribución al régimen de pensiones para los años 2011, 2012 y 2013.
(3) De conformidad con el artículo 13, apartado 3, del anexo XII del Estatuto de los funcionarios, Eurostat ha presentado los informes sobre las evaluaciones actuariales de 2011, 2012
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