Asunto T-128/11: Sentencia del Tribunal General de 27 de febrero de 2014 — LG Display y LG Display Taiwan/Comisión [«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado mundial de las pantallas de cristal líquido (LCD) — Acuerdos y prácticas concertadas en materia de precios y de capacidades de producción — Ventas internas — Derecho de defensa — Multas — Dispensa parcial de la multa — Infracción única y continuada — Principio non bis in idem»]

Lengua de procedimiento: inglés

Demandantes: LG Display Co. Ltd (Seúl, Corea del Sur) y LG Display Taiwan Co. Ltd (Taipei, Taiwán) (representantes: A. Winckler y F.-C. Laprévote, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: P. Van Nuffel y F. Ronkes Agerbeek, agentes, asistidos por S. Kingston, Barrister)

Recurso de anulación parcial de la Decisión C(2010) 8761 final de la Comisión, de 8 de diciembre de 2010, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 [TFUE] y del artículo 53 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Asunto COMP/39.309 — LCD), y de reducción del importe de la multa impuesta a las demandantes por dicha Decisión.

1)

Fijar en 210 000 000 de euros el importe de la multa impuesta solidariamente a LG Display Co. Ltd y a LG Display Taiwan Co. Ltd en el artículo 2 de la Decisión C(2010) 8761 final de la Comisión, de 8 de diciembre de 2010, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101...

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