Decisión de Ejecución del Consejo, de 22 de enero de 2013, que modifica la Decisión de Ejecución 2010/39/UE por la que se autoriza a la República Portuguesa a seguir aplicando una medida de excepción a lo dispuesto en los artículos 168, 193 y 250 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

25.1.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 22/17

ES

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

de 22 de enero de 2013

que modifica la Decisión de Ejecución 2010/39/UE por la que se autoriza a la República Portuguesa a seguir aplicando una medida de excepción a lo dispuesto en los artículos 168, 193 y 250 de la

Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

(2013/56/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

( 1

), y, en particular, su artículo 395, apartado 1,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante carta registrada en la Secretaría General de la Comisión el 18 de abril de 2012, Portugal solicitó autorización para seguir aplicando la medida concedida previamente en virtud de la Decisión de Ejecución 2010/39/UE del Consejo

( 2 ) de excepción a las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE relativas al derecho a deducción, al deudor del impuesto y la obligación de presentar una declaración del impuesto sobre el valor añadido (IVA).

(2) De conformidad con el artículo 395, apartado 2, párrafo segundo, de la Directiva 2006/112/CE, la Comisión, mediante carta de 1 de junio de 2012, informó a los demás Estados miembros de la solicitud presentada por Portugal. Mediante carta de 6 de junio de 2012, la Comisión notificó a Portugal que disponía de toda la información necesaria para examinar su solicitud.

(3) La medida de excepción solicitada por Portugal se aparta de las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE, ya que prevé la aplicación de un régimen especial facultativo a determinadas empresas activas en el sector de las ventas a domicilio que cumplen condiciones específicas, siempre y cuando estén autorizadas por las autoridades fiscales competentes («empresas autorizadas»). Tales empresas autorizadas aplican un modelo de negocio particular consistente en vender directamente sus productos a minoristas interpuestos, que, a su vez, los venden directamente a los consumidores finales.

(4) La medida constituye una excepción a lo dispuesto en el artículo 168 de la Directiva 2006/112/CE, que regula el derecho del sujeto pasivo a deducir el IVA soportado por los bienes entregados y los servicios prestados para las necesidades de sus operaciones gravadas, al...

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