Decisión del Banco Central Europeo, de 11 de diciembre de 2014, sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2015 (BCE/2014/53)

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión Europea

19.12.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 365/163

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular del artículo 128, apartado 2, y el artículo 140, apartado 2,

Vista la Decisión 2014/509/UE del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la adopción del euro por Lituania el 1 de enero de 2015 (1), en particular el artículo 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El Banco Central Europeo (BCE) tiene a partir del 1 de enero de 1999 el derecho exclusivo de aprobar el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros cuya moneda es el euro.

(2) La excepción en favor de Lituania a la que se hace referencia en el artículo 4 del Acta de Adhesión de 2003 se ha suprimido con efectos a partir del 1 de enero de 2015.

(3) Los 18 Estados miembros cuya moneda es el euro y Lituania han enviado al BCE, para su aprobación, las previsiones sobre el volumen de monedas en euros que emitirán en 2015, acompañadas de notas explicativas sobre los métodos utilizados en las previsiones.

(4) Puesto que el derecho de los Estados miembros a emitir moneda metálica se somete a la aprobación del BCE en cuanto al volumen de emisión, los Estados miembros no pueden sobrepasar el volumen aprobado por el BCE sin la previa autorización de este.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

El BCE aprueba el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros cuya...

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