Decisión de Ejecución (UE) 2017/1855 del Consejo, de 10 de octubre de 2017, por la que se autoriza a Rumanía a aplicar una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 287 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

14.10.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 265/19

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (1), y en particular su artículo 395,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud del artículo 287, punto 18, de la Directiva 2006/112/CE, Rumanía puede eximir del impuesto sobre el valor añadido (IVA) a los sujetos pasivos cuyo volumen de negocios anual no sea superior al contravalor de 35 000 EUR en moneda nacional, al tipo de conversión vigente el día de su adhesión.

(2) En virtud de la Decisión de Ejecución 2012/181/UE del Consejo (2) se autorizó a Rumanía a aplicar un límite máximo más alto y a eximir del IVA a los sujetos pasivos cuyo volumen de negocios anual no excediese de 65 000 EUR. Esta medida fue prorrogada en virtud de la Decisión de Ejecución 2014/931/UE del Consejo (3), que expira el 31 de diciembre de 2017.

(3) Mediante carta registrada en la Comisión el 26 de abril de 2017, Rumanía solicitó autorización para seguir aplicando un régimen de excepción a lo dispuesto en el artículo 287, punto 18, de la Directiva 2006/112/CE y, al mismo tiempo, aumentar el límite máximo de exención hasta el contravalor de 88 500 EUR en moneda nacional.

(4) Un límite superior para el régimen especial aplicable a las pequeñas empresas constituye una medida de simplificación, ya que puede reducir significativamente las obligaciones en materia de IVA de estas empresas.

(5) De conformidad con el artículo 395, apartado 2, de la Directiva 2006/112/CE, la Comisión informó a los demás Estados miembros mediante carta de 9 de junio de 2017 de la solicitud presentada por Rumanía. La Comisión notificó a Rumanía, por carta de 12 de junio de 2017, que disponía de toda la información necesaria para examinar su solicitud.

(6) Rumania confía en que la medida reduzca las obligaciones en materia de IVA de algunas pequeñas empresas. También deberá reducir la carga que pesa sobre las autoridades fiscales, al eliminar la necesidad de supervisar la recaudación de un pequeño volumen de ingresos en un mayor número de pequeñas empresas.

(7) Habida cuenta de que esta medida de excepción se traduce en una reducción de las obligaciones en materia de IVA de las pequeñas empresas, debe autorizarse a Rumanía a aplicar la medida durante un período limitado. Los...

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