Decisión de Ejecución (UE) 2018/1994 del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se autoriza a Croacia a introducir una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, letra a), y en el artículo 168 de la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

17.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 320/35

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (1), y en particular su artículo 395, apartado 1,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 168 de la Directiva 2006/112/CE dispone que los sujetos pasivos tienen derecho a deducir el IVA que grava las entregas de bienes y las prestaciones de servicios que vayan a utilizar para las necesidades de sus operaciones gravadas. El artículo 26, apartado 1, letra a), de esa Directiva exige la declaración del IVA cuando los bienes de la empresa se utilicen para fines privados del sujeto pasivo o de su personal o, más en general, con fines distintos de los profesionales.

(2) Mediante carta registrada por la Comisión el 22 de diciembre de 2016, Croacia solicitó una autorización para aplicar una medida especial de excepción para derogar las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE que rigen el derecho a deducir el IVA soportado en relación con la compra y el arrendamiento financiero de aeronaves, buques y automóviles de turismo, con inclusión de la compra de accesorios para tales bienes y la prestación de servicios conexos. Tras una serie de debates con la Comisión, Croacia presentó una solicitud modificada limitada a los automóviles de turismo, que fue registrada por la Comisión el 17 de septiembre de 2018.

(3) La Comisión remitió la solicitud de Croacia a los demás Estados miembros por carta de 21 de septiembre de 2018. Mediante carta de 24 de septiembre de 2018, la Comisión notificó a Croacia que disponía de toda la información necesaria para examinar su solicitud.

(4) En Croacia, los sujetos pasivos no pueden deducir el IVA aplicable a los automóviles de turismo utilizados parcialmente con fines profesionales. Croacia se propone modificar su legislación para permitir la reducción del IVA soportado relativo a los automóviles de turismo.

(5) Croacia alega que a menudo es difícil determinar con precisión la medida en que los automóviles son utilizados con fines privados o profesionales y que, incluso cuando ello es posible, frecuentemente resulta gravoso. Por consiguiente, Croacia considera que sería adecuado aplicar un porcentaje fijo para la deducción del IVA. Sobre la base de sus estimaciones, Croacia indica que el límite del 50...

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