Decision No 235/2008/EC of the European Parliament and of the Council of 11 March 2008 establishing the European Statistical Governance Advisory Board (Text with EEA relevance)

Published date15 March 2008
Subject Matterdisposizioni istituzionali,disposizioni sociali,disposiciones institucionales,disposiciones sociales,dispositions institutionnelles,dispositions sociales
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 73, 15 marzo 2008,Diario Oficial de la Unión Europea, L 73, 15 de marzo de 2008,Journal officiel de l’Union européenne, L 73, 15 mars 2008
L_2008073ES.01001701.xml
15.3.2008 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 73/17

DECISIÓN N o 235/2008/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 11 de marzo de 2008

por la que se crea el Comité consultivo europeo para la gobernanza estadística

(Texto pertinente a efectos del EEE)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 285,

Vista la propuesta de la Comisión,

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (1),

Considerando lo siguiente:

(1) La necesidad de establecer normas de alcance europeo sobre la independencia, la integridad y la responsabilidad de las autoridades estadísticas nacionales y comunitarias condujo al Comité del programa estadístico, creado en virtud de la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo (2), a refrendar por unanimidad, en su reunión de 24 febrero de 2005, el Código de buenas prácticas de las estadísticas europeas (denominado en lo sucesivo «el Código de buenas prácticas»), en la versión presentada en la Recomendación de la Comisión de 25 de mayo de 2005 relativa a la independencia, la integridad y la responsabilidad de las autoridades estadísticas de los Estados miembros y de la Comunidad.
(2) El Código de buenas prácticas tiene el doble propósito de aumentar la confianza en las autoridades estadísticas, proponiendo determinadas disposiciones institucionales y organizativas, por una parte, y reforzar la calidad de las estadísticas que elaboran, por otra.
(3) En su Comunicación de 25 de mayo de 2005 al Parlamento Europeo y al Consejo relativa a la independencia, la integridad y la responsabilidad de las autoridades estadísticas de los Estados miembros y de la Comunidad, la Comisión reconoció la utilidad de un organismo consultivo externo que podría desempeñar un papel activo en la supervisión del modo en que el Sistema estadístico europeo en su conjunto aplica el Código de buenas prácticas. En su Recomendación de 25 de mayo de 2005, la Comisión manifestó su intención de estudiar la propuesta de crear el mencionado organismo consultivo externo.
(4) El 8 de noviembre de 2005, el Consejo concluyó que un nuevo organismo consultivo de alto nivel incrementaría la independencia, integridad y responsabilidad de la Comisión (Eurostat) y, en el contexto de la evaluación por homólogos de la aplicación del Código de buenas prácticas, del Sistema estadístico europeo. El Consejo recomendó que dicho organismo estuviera integrado por un reducido número de personas independientes nombradas en razón de su competencia.
(5) Los miembros de dicho organismo deben aportar una combinación complementaria de cualificaciones y experiencia, representada, por ejemplo, por expertos del ámbito académico y por quienes cuentan con experiencia profesional nacional y/o internacional en el sector de la estadística.
(6)
...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT