Decisión (PESC) 2017/154 del Consejo, de 27 de enero de 2017, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y por la que se deroga la Decisión (PESC) 2016/1136

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

28.1.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 23/21

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 27 de diciembre de 2001, el Consejo adoptó la Posición común 2001/931/PESC (1).

(2) El 12 de julio de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/1136 (2), por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición común 2001/931/PESC (en lo sucesivo, «lista»).

(3) De conformidad con el artículo 1, apartado 6, de la Posición común 2001/931/PESC, es necesario revisar periódicamente los nombres de las personas, grupos y entidades que figuran en la lista con el fin de asegurar que su permanencia en ella está justificada.

(4) La presente Decisión recoge los resultados de la revisión que el Consejo ha llevado a cabo con respecto a las personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición común 2001/931/PESC.

(5) El Consejo ha verificado que las autoridades competentes a que se refiere el artículo 1, apartado 4, de la Posición común 2001/931/PESC han adoptado las decisiones en relación con todas las personas, grupos y entidades que figuran en la lista a efectos de establecer su intervención en actos terroristas en el sentido del artículo 1, apartados 2 y 3, de la Posición común 2001/931/PESC. El Consejo ha concluido asimismo que se deben seguir aplicando a las personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición común 2001/931/PESC las medidas restrictivas específicas establecidas en ellos.

(6) Procede actualizar la lista en consecuencia y derogar la Decisión (PESC) 2016/1136.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Se establece en el anexo de la presente Decisión la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición común 2001/931/PESC.

Queda derogada la Decisión (PESC) 2016/1136.

La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 27 de enero de 2017.

(1) Posición común 2001/931/PESC del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo (DO L 344 de 28.12.2001, p. 93).

(2) Decisión (PESC) 2016/1136 del Consejo, de 12 de julio de 2016...

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