Decisión (PESC) 2018/1941 del Consejo, de 10 de diciembre de 2018, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/610 relativa a una Misión de Formación Militar PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

11.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 314/54

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 19 de abril de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/610 (1), por la cual se creó la Misión de Formación Militar PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUTM RCA).

(2) El 30 de julio de 2018, mediante la Decisión (PESC) 2018/1082 (2), el Consejo prorrogó el mandato de la misión hasta el 19 de septiembre de 2020.

(3) El 15 de octubre de 2018, el Consejo, en sus conclusiones sobre la República Centroafricana, reconoció la conveniencia de dar respuesta a la petición de las autoridades centroafricanas para que las fuerzas de seguridad interior de la República Centroafricana recibieran cuanto antes asistencia adicional mediante la creación y el despliegue, lo antes posible, de un pilar de interoperatividad específico dentro de la EUTM RCA, encargado de proporcionar asesoramiento estratégico en este ámbito.

(4) Procede modificar la Decisión (PESC) 2016/610 en consecuencia.

(5) Por otra parte, en sus conclusiones de 15 de octubre de 2018, el Consejo reconoció la utilidad, ya apuntada en la revisión estratégica de la EUTM RCA, de continuar la reflexión sobre la conveniencia de reforzar las acciones que lleva a cabo la Unión Europea ante las fuerzas de seguridad internas mediante una actuación civil específica de la PCSD. En dichas conclusiones, el Consejo señaló que volvería a tratar este asunto en el verano de 2019, teniendo en cuenta los primeros resultados del pilar de interoperatividad y dentro del marco de la revisión estratégica de la EUTM RCA.

(6) De conformidad con el artículo 5 del Protocolo n.o 22 sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la Unión con implicaciones en el ámbito de la defensa. Por consiguiente, Dinamarca no participa en la adopción de la presente Decisión, no queda vinculada por la misma ni sujeta a su aplicación y no contribuye a la financiación de la presente misión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

La Decisión (PESC) 2016/610 queda modificada como sigue:

1) En el artículo 1, apartado 2, se añade la...

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