Decisión (PESC) 2020/418 del Consejo de 19 de marzo de 2020 por la que se modifica la Decisión 2011/172/PESC relativa a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

20.3.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 86/11

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 21 de marzo de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/172/PESC (1) relativa a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto.

(2) Con base en la revisión de la Decisión 2011/172/PESC, procede prorrogar dichas medidas restrictivas hasta el 22 de marzo de 2021, modificar las menciones relativas a dos personas que figuran en la parte A del anexo y actualizar la información relativa al derecho de defensa y al derecho a una tutela judicial efectiva recogida en la parte B del anexo.

(3) Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2011/172/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

La Decisión 2011/172/PESC se modifica como sigue:

1) En el artículo 5, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «La presente Decisión será aplicable hasta el 22 de marzo de 2021.».

2) El anexo se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 2020.

(1) Decisión 2011/172/PESC del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativa a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto (DO L 76 de 22.3.2011, p. 63).

1. Mohamed Hosni Elsayed Mubarak Ex presidente de la República Árabe de Egipto Fecha de nacimiento: 4.5.1928 Varón Persona (fallecida) cuyas actividades son objeto de procedimientos judiciales o en un proceso de recuperación de activos por parte de las autoridades egipcias a raíz de una sentencia judicial firme por malversación de fondos públicos, con arreglo a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. «4. Heidy Mahmoud Magdy Hussein Rasekh (alias: Heddy Mohamed Magdy Hussein Rassekh) Esposa de Alaa Mohamed Hosni Elsayed Mubarak, hijo del expresidente de la República Árabe de Egipto Fecha de nacimiento: 5.10.1971 Mujer Persona incursa en procedimientos judiciales o en un proceso de recuperación de activos por parte de las autoridades egipcias a raíz de una sentencia judicial firme por malversación de fondos públicos, con arreglo a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y asociada con Alaa Mohamed Hosni Elsayed Mubarak.».

B. Derecho de defensa y derecho a la tutela judicial efectiva en virtud del Derecho egipcio: Derecho de defensa y derecho a la tutela judicial efectiva De los artículos 54, 97 y 98 de la Constitución egipcia; de los artículos 77, 78, 124, 199, 214, 271, 272 y 277 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal egipcia y de los artículos 93 y 94 de la Ley de la Abogacía egipcia (Ley n.o 17 de 1983) se deduce que la legislación egipcia garantiza los derechos siguientes: — a cualquier persona sospechosa o acusada de un delito: 1. el derecho al control jurisdiccional de cualquier acto o decisión administrativa;

2. el derecho a defenderse por sí misma o a ser asistida por un defensor de su elección y, si no tiene medios para pagarlo, a ser asistida gratuitamente por un abogado de oficio, cuando los intereses de la justicia lo exijan;

— a cualquier persona acusada de un delito: 1. el derecho a ser informada, en el más breve plazo, en una lengua que comprenda y de manera detallada, de la naturaleza y de la causa de la acusación formulada contra ella;

2. el derecho a disponer del tiempo y de los medios necesarios para la preparación de su defensa;

3. el derecho a interrogar o hacer que se interrogue a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia y el interrogatorio de los testigos de descargo en las mismas condiciones que los testigos de cargo;

4. el derecho a disponer de la asistencia gratuita de un intérprete si no comprende o no habla la lengua utilizada en el tribunal.

Aplicación de los derechos de defensa y derecho a la tutela judicial efectiva

1. Mohamed Hosni Elsayed Mubarak La información que consta en el expediente del Consejo pone de manifiesto que el derecho de defensa y el derecho a la tutela judicial efectiva del Sr. Mubarak fueron respetados en el proceso penal en que se basó el Consejo. Ello queda demostrado, en particular, por lo siguiente: Asunto El 27 de junio de 2013, el Sr. Mubarak...

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