Decisión (UE) 2017/2380 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Directiva 2010/40/UE en lo que se refiere al plazo para la adopción de actos delegados (Texto pertinente a efectos del EEE. )

SectionDecision
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

20.12.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 340/1

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 91,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Previa consulta al Comité de las Regiones,

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario (2),

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 2010/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (3) dispone la elaboración de especificaciones para las actuaciones prioritarias dentro de los ámbitos prioritarios.

(2) Desde la entrada en vigor de la Directiva 2010/40/UE, la Comisión ha adoptado cuatro actos delegados relativos a las actuaciones prioritarias de dicha Directiva. En ellos se abordan en particular el sistema eCall y los mecanismos de intercambio de datos que facilitan el intercambio electrónico de datos entre las autoridades públicas y partes interesadas correspondientes y los proveedores de servicios de sistemas de transporte inteligentes (STI) correspondientes. Son necesarios nuevos actos delegados para las actuaciones que aún quedan por abordar y que están comprendidas en el ámbito de aplicación de la Directiva 2010/40/UE.

(3) Con arreglo al artículo 12 de la Directiva 2010/40/UE, los poderes conferidos a la Comisión para adoptar los actos delegados a que se refiere su artículo 7 expiran el 27 de agosto de 2017.

(4) A fin de alcanzar los objetivos de la Directiva 2010/40/UE, deben delegarse en la Comisión los poderes para adoptar actos con arreglo al artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por lo que respecta a las especificaciones necesarias para garantizar la compatibilidad, la interoperabilidad y la continuidad en la implantación y el uso operativo de STI para las acciones prioritarias por un período adicional de cinco años a partir del 27 de agosto de 2017. Este período debe prorrogarse tácitamente por períodos de la misma duración, a menos que el Parlamento Europeo o el Consejo se opongan a tal prórroga. Reviste especial importancia que la Comisión lleve a cabo las consultas oportunas durante la fase preparatoria, en particular con expertos, y que esas consultas se realicen de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional de 13 de abril de 2016 sobre la mejora de la legislación (4). En...

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