Decisión (UE) 2018/9 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Decisión (UE) 2017/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del Margen para Imprevistos en 2017

SectionDecision
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

6.1.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 3/7

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (1), y en particular su punto 14, párrafo segundo,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 13 del Reglamento (UE; Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo (2) prevé un margen para imprevistos de hasta el 0,03 % de la renta nacional bruta de la Unión.

(2) De conformidad con el artículo 6 de dicho Reglamento, la Comisión ha calculado el importe absoluto del margen para imprevistos para 2017 (3).

(3) El Parlamento Europeo y el Consejo movilizaron el margen para imprevistos en 2017 para permitir la financiación por encima de los límites superiores del compromiso de 1 906 150 960 EUR, de los cuales 1 176 030 960 EUR corresponden a la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía).

(4) El presupuesto de 2018 exige una mayor flexibilidad y por lo tanto se ajusta la compensación del margen para imprevistos movilizado en 2017 para disminuir la cantidad compensada en la rúbrica 5 en 2018 y para introducir la compensación correspondiente en la rúbrica 5 en 2020.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

El artículo 2 de la Decisión (UE) 2017/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del margen para imprevistos en 2017 (4), se modifica como sigue:

  1. en la frase introductoria, se sustituye «2019» por «2020»;

  2. la letra b) se sustituye por el texto siguiente: «b) 2018: rúbrica 5 (Administración): 318 000 000 EUR;»

  3. se añade la siguiente letra d): «d) 2020: rúbrica 5 (Administración): 252 000 000 EUR.».

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre...

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