Decisión (UE) 2019/45 del Banco Central Europeo, de 29 de noviembre de 2018, por la que se establecen las condiciones de las transferencias de las participaciones del capital del Banco Central Europeo entre los bancos centrales nacionales y del ajuste del desembolso del capital y por la que se deroga la Decisión BCE/2013/29 (BCE/2018/29)

Enforcement date:January 01, 2019
SectionDecision
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

11.1.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 9/183

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular el artículo 28.5,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión (UE) 2019/43 del Banco Central Europeo (BCE/2018/27) (1) dispone el ajuste de las ponderaciones asignadas a los bancos centrales nacionales (BCN) en la clave para la suscripción del capital del Banco Central Europeo (BCE) (en adelante, las «ponderaciones en la clave del capital» y la «clave del capital», respectivamente). Dicho ajuste exige que el Consejo de Gobierno determine las condiciones de las transferencias de las participaciones del capital entre los BCN que formen parte del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) el 31 de diciembre de 2018 que sean necesarias para que la distribución del capital corresponda al ajuste hecho. Por lo tanto, es preciso adoptar una nueva decisión que derogue la Decisión BCE/2013/29 (2) con efectos a partir del 1 de enero de 2019.

(2) Decisión (UE) 2019/44 del Banco Central Europeo (BCE/2018/28) (3) determina hasta qué punto y en qué forma los BCN de los Estados miembros cuya moneda es el euro (en adelante, los «BCN de la zona del euro») deben desembolsar el capital del BCE de acuerdo con la clave del capital ajustada. Decisión (UE) 2019/48 del Banco Central Europeo (BCE/2018/32) (4) determina el porcentaje que los BCN de los Estados miembros cuya moneda no es el euro (en adelante, los «BCN no pertenecientes a la zona del euro») deben desembolsar con efectos a partir del 1 de enero de 2019 de acuerdo con la clave del capital ajustada.

(3) Puesto que los BCN de la zona del euro ya han desembolsado íntegramente su parte suscrita del capital del BCE hasta el 31 de diciembre de 2018 en virtud de la Decisión BCE/2013/30 (5), y en lo que respecta al Lietuvos bankas, en virtud del artículo 2 de la Decisión (UE) 2015/287 del Banco Central Europeo (BCE/2014/61) (6), conjuntamente con la Decisión BCE/2013/31 del Banco Central Europeo (7), cada BCN de la zona del euro deberá transferir una suma adicional al BCE o, en su caso, recibir una suma de este, a fin de alcanzar las sumas mostradas en el cuadro del artículo 1 de la Decisión (UE) 2019/44 (BCE/2018/28).

(4) Asimismo, puesto que los BCN no pertenecientes a la zona del euro han desembolsado ya un porcentaje de su parte suscrita del capital del BCE el 31 de diciembre de 2018 en virtud de la Decisión BCE/2013/31, cada uno de ellos transferirá al BCE, o el BCE les transferirá, los importes necesarios para que se observen los importes que figuran en la tercera columna del cuadro del artículo 1 de la Decisión (UE) 2019/48 (BCE/2018/32),

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Habida cuenta de la participación del capital del BCE que cada BCN habrá suscrito el 31 de diciembre de 2018 y la participación del capital del BCE que cada BCN suscribirá con efectos a partir del 1 de enero de 2019 en virtud del ajuste de las ponderaciones en la clave del capital que dispone el artículo 2 de la Decisión (UE) 2019/43 (BCE/2018/27), los BCN se transferirán, mediante transferencias al BCE y del BCE, las participaciones...

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