Decisión (UE) 2019/46 del Banco Central Europeo, de 29 de noviembre de 2018, por la que se adoptan las medidas necesarias para la contribución al valor acumulado de los recursos propios del Banco Central Europeo y para el ajuste de los activos de los bancos centrales nacionales equivalentes a las reservas exteriores transferidas, y por la que se deroga la Decisión BCE/2013/26 (BCE/2018/30)

SectionDecision
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

11.1.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 9/190

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular su artículo 30,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión (UE) 2019/43 del Banco Central Europeo (BCE/2018/27) (1) dispone el ajuste de la clave para la suscripción del capital del Banco Central Europeo (BCE) (en lo sucesivo, «clave del capital») conforme al artículo 29.3 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (en lo sucesivo, «Estatutos del SEBC»), y establece con efectos a partir del 1 de enero de 2019 las nuevas ponderaciones asignadas a cada banco central nacional (BCN) en la clave del capital ajustada (en lo sucesivo, «ponderaciones en la clave del capital»).

(2) Los ajustes de las ponderaciones en la clave del capital, y el consiguiente cambio de las participaciones de los BCN en el capital suscrito del BCE, exigen ajustar los activos que, en virtud del artículo 30.3 de los Estatutos del SEBC, el BCE ha acreditado a los BCN de los Estados miembros cuya moneda es el euro (en lo sucesivo, «BCN de la zona del euro»), y que son equivalentes a las reservas exteriores que estos han proporcionado al BCE (en lo sucesivo, «activos»). Los BCN de la zona del euro cuyos activos aumenten a causa de la ampliación de sus ponderaciones en la clave del capital a partir del 1 de enero de 2019 deben, pues, hacer una transferencia compensatoria a favor del BCE, mientras que el BCE debe hacer una transferencia compensatoria a favor de los BCN de la zona del euro cuyos activos disminuyan a causa de una reducción de sus ponderaciones en la clave del capital.

(3) En virtud de los principios generales de equidad, igualdad de trato y protección de la confianza legítima que subyacen en los Estatutos del SEBC, los BCN de la zona del euro cuya participación relativa en el valor acumulado de los recursos propios del BCE aumente a causa de los ajustes mencionados deben también hacer una transferencia compensatoria a favor de los BCN de la zona del euro cuya participación relativa disminuya.

(4) A fin de calcular el ajuste del valor de la participación de cada BCN de la zona del euro en el valor acumulado de los recursos propios del BCE, las ponderaciones en la clave del capital de cada BCN de la zona del euro hasta el 31 de diciembre de 2018 y con efectos a partir del 1 de enero de 2019 deben expresarse como un porcentaje del...

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