Decisión (UE) 2020/1782 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2020 por la que se modifica la Decisión n.o 573/2014/UE sobre una mayor cooperación entre los servicios públicos de empleo (SPE)

SectionSerie L
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

30.11.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 400/7

(1) La Decisión n.o 573/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (3) crea la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo (en lo sucesivo, «Red») para el período comprendido entre el 17 de junio de 2014 y el 31 de diciembre de 2020.

(2) El objetivo de la Red es modernizar y reforzar los servicios públicos de empleo (SPE) con el fin de mejorar su capacidad, la calidad de sus servicios, su eficacia y su eficiencia. Esto se podría lograr facilitando una plataforma para comparar sus resultados a escala de la Unión, determinar las mejores prácticas y establecer un sistema de aprendizaje mutuo, con vistas a contribuir al trabajo digno y a puestos de trabajo inclusivos y sostenibles. También tiene por objetivo proporcionar a los SPE más oportunidades para contribuir a desarrollar políticas innovadoras, orientadas al futuro y con base empírica de conformidad con las iniciativas políticas pertinentes de la Unión y con los objetivos económicos, sociales y de empleo establecidos en el artículo 3, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea.

(3) La Red ha sido esencial para fomentar una mayor cooperación entre los Estados miembros en los ámbitos de responsabilidad de los SPE, así como para contribuir a la modernización y el fortalecimiento de los SPE. Una evaluación de la ejecución de la Decisión n.o 573/2014/UE muestra que la Red ha tenido un impacto positivo e identifica las lecciones aprendidas a partir de las diferentes actividades y experiencias. Además, la Red ha aumentado su capacidad y ha desarrollado medidas innovadoras con base empírica para aplicar las políticas de empleo.

(4) A fin de aprovechar los resultados obtenidos hasta ahora y seguir fomentando la cooperación entre los SPE, el período de establecimiento de la Red debe prolongarse hasta el 31 de diciembre de 2027.

(5) La Red debe reforzar la cooperación entre sus miembros y desarrollar iniciativas conjuntas para el intercambio de información y de las mejores prácticas en todos los ámbitos en los que operan los SPE, ofreciendo análisis comparativos y asesoramiento y promoviendo iniciativas innovadoras en materia de colocación. En ese contexto, y cuando sea lo adecuado, debe prestarse atención a la cooperación de los SPE para facilitar la integración de las personas amparadas por las normas de la Unión sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, así como la asistencia que se preste a dichas personas. El trabajo...

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