Decisión (UE) 2022/11 del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la 22.a reunión de las Partes Contratantes en el Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona) y sus Protocolos, con respecto a la adopción de una decisión por la que se modificarán los anexos I, II, III y IV, y el anexo VII, sección A, del Protocolo para la Protección del Mediterráneo contra la Contaminación Resultante de la Exploración y Explotación de la Plataforma Continental, del Fondo del Mar y de su Subsuelo (Protocolo Offshore)

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

7.1.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 4/8

(1) El Protocolo del Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (en lo sucesivo, «Convenio de Barcelona») para la Protección del Mediterráneo contra la Contaminación Resultante de la Exploración y Explotación de la Plataforma Continental, del Fondo del Mar y de su Subsuelo (en lo sucesivo, «Protocolo Offshore») fue celebrado por la Unión mediante la Decisión 2013/5/UE del Consejo (1) y entró en vigor el 29 de marzo de 2013.

(2) De conformidad con el artículo 18, párrafo 2, inciso iii), del Convenio de Barcelona, la reunión de las Partes Contratantes en el Convenio de Barcelona y sus Protocolos está facultado para adoptar enmiendas a los anexos de los Protocolos del Convenio.

(3) Está previsto que, durante su 22.a reunión, de los días 7 a 10 de diciembre de 2021, las Partes Contratantes en el Convenio de Barcelona y sus Protocolos adopten una decisión (en lo sucesivo, «Decisión de las Partes Contratantes») por la que se modificarán los anexos I, II, III y IV, el anexo VII, sección A, del Protocolo Offshore.

(4) La Decisión de las Partes Contratantes se refiere a la protección del medio ambiente, que es una competencia compartida entre la Unión y sus Estados miembros de conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra e), del Tratado. La Decisión de las Partes Contratantes no entra en un ámbito que esté cubierto en gran medida por las normas de...

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