Decisión (UE, Euratom) 2018/2076 del Consejo, de 20 de diciembre de 2018, por la que se modifica su Reglamento interno

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

28.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 331/218

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

Visto el artículo 11, apartado 6, del Reglamento interno del Consejo (1),

Considerando lo siguiente:

(1) Cuando el Consejo adopta un acto por mayoría cualificada debe comprobarse que los Estados miembros que constituyen la mayoría cualificada representan como mínimo el 65 % de la población de la Unión.

(2) Ese porcentaje se calcula con arreglo a las cifras de población que establece el anexo III del Reglamento interno del Consejo (en lo sucesivo, «Reglamento interno»).

(3) El artículo 11, apartado 6, del Reglamento interno establece que, con efectos a partir del 1 de enero de cada año, el Consejo ha de modificar las cifras establecidas en el citado anexo con arreglo a los datos de que disponga la Oficina Estadística de la Unión Europea a 30 de septiembre del año anterior.

(4) En vista de la retirada del Reino Unido de la Unión, el anexo III del Reglamento interno también debe incluir las cifras aplicables a partir del día siguiente a aquel en que los Tratados dejen de aplicarse al Reino Unido.

(5) Procede, por lo tanto, modificar en consecuencia el Reglamento interno para el año 2019.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

El anexo III del Reglamento interno se sustituye por el texto siguiente:

  1. A efectos de la aplicación del artículo 16, apartado 4, del TUE, y del artículo 238, apartados 2 y 3, del TFUE, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el día en que los Tratados dejen de aplicarse al Reino Unido, o hasta el 31 de diciembre de 2019 a más tardar, la población de la Unión y la población de cada Estado miembro, así como el porcentaje de la población de cada Estado miembro con relación a la población de la Unión, serán los siguientes: Estado miembro Población Porcentaje de la población de la Unión (%) Alemania 82 719 022 16,12 Francia 67 221 943 13,10 Reino Unido 66 238 007 12,90 Italia 61 166 142 11,92 España 46 659 302 9,09 Polonia 37 976 687 7,40 Rumanía 19 523 621 3,80 Países Bajos 17 321 110 3,37 Bélgica 11 413 058 2,22 Grecia 10 738 928 2,09 Chequia 10 493 154 2,04 Portugal 10 291 027 2,00 Suecia 10 157 000 1,98 Hungría 9 778 371 1,91 Austria 8 802 000 1,71 Bulgaria 7 050 034 1,37 Dinamarca 5 774 877 1,13 Finlandia 5 501 930 1,07 Eslovaquia 5 443 120 1,06...

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