Reglamento (CE) nº 1027/2003 de la Comisión, de 16 de junio de 2003, por el que se declara desierta la cuarta licitación prevista en el Reglamento (CE) nº 604/2003 para la venta de carne de vacuno

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1027/2003 DE LA COMISIÓN de 16 de junio de 2003 por el que se declara desierta la cuarta licitación prevista en el Reglamento (CE) no 604/2003 para la venta de carne de vacuno LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto elTratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 2345/2001 de la Comisión (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 28,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 604/2003 de la Comisión, de 2 de abril de 2003, relativo a las ventas periódicas mediante licitación de carne de vacuno que obra en poder de determinados organismos de intervención para su transformacíon en la Comunidad (3), fijó ciertas cantidades de carne de vacuno para su venta por licitación.

(2) De conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CEE) no 2173/79 de la Comisión, de 4 de octubre de 1979,

relativo a las modalidades de aplicación referentes a la salida al mercado de las carnes de vacuno compradas por los organismos de intervención y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 216/69 (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 2417/ 95 (5), el precio de venta mínimo de la carne que se ponga a la venta por el procedimiento de licitación debe fijarse teniendo en cuenta las ofertas presentadas. En virtud del apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CE) no 604/2003, puede decidirse no dar curso a la licitación.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

No se dará curso a la cuarta licitación convocada en virtud...

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