Reglamento (CE) nº 904/2008 de la Comisión, de 17 de septiembre de 2008, por el que se definen los métodos de análisis y otras disposiciones de carácter técnico necesarios para la aplicación del régimen de exportación de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado (Versión codificada)

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 904/2008 DE LA COMISIÓN de 17 de septiembre de 2008 por el que se definen los métodos de análisis y otras disposiciones de carácter técnico necesarios para la aplicación del régimen de exportación de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado (Versión codificad

  1. LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadís tica y al arancel aduanero común (1), y, en particular, su ar tículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CEE) no 4056/87 de la Comisión, de 22 de diciembre de 1987, por el que se definen los métodos de análisis y otras disposiciones de carácter técnico necesarios para la aplicación del Reglamento (CEE) no 3035/80 del Consejo, por el que se establecen, para determinados productos agrícolas exportados en forma de mercancías no incluidas en el anexo II del Tratado, las normas generales relativas a la concesión de las restituciones a la exportación y los criterios para la fijación de su importe (2), ha sido modificado (3) y de forma sustancial. Conviene, en aras de una mayor racio nalidad y claridad, proceder a la codificación de dicho Reglamento.

(2) Para asegurar un tratamiento uniforme a la exportación de la Comunidad de mercancías a las que se aplica el Reglamento (CE) no 3448/93 del Consejo, de 6 de di ciembre de 1993, por el que se establece el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías resul tantes de la transformación de productos agrícolas (4), es oportuno definir los métodos de análisis y otras disposi ciones de carácter técnico.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajus tan al dictamen de la sección arancelaria y estadística del Comité del código aduanero.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El presente Reglamento define los métodos de análisis comuni tarios necesarios para la aplicación del Reglamento (CE) no 3448/93 en lo que se refiere a las exportaciones de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado o, en su defecto, la naturaleza de las operaciones analíticas que deben realizarse o el principio de un método que se vaya a aplicar.

Artículo 2

De acuerdo con las notas del anexo IV del Reglamento (CE) no 1043/2005 de la Comisión (5), y para la aplicación de ese mismo anexo, los...

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