Decisión del Consejo, de 7 de junio de 2005, por la que se deroga la Decisión 2005/136/CE relativa a la existencia de un déficit excesivo en los Países Bajos

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

II

(Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad)

CONSEJO

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 7 de junio de 2005

por la que se deroga la Decisión 2005/136/CE relativa a la existencia de un déficit excesivo en los Países Bajos

(2005/729/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 104, apartado 12,

Vista la Recomendación de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante la Decisión 2005/136/CE (1), conforme a una recomendación de la Comisión formulada en virtud del artículo 104, apartado 6, del Tratado, el Consejo decidió declarar la existencia de un déficit excesivo en los Países Bajos.

(2) De conformidad con el artículo 104, apartado 7, del Tratado, el Consejo formuló el 2 de junio de 2004 una recomendación dirigida a los Países Bajos con vistas a poner fin a su situación de déficit excesivo. Sobre la base del artículo 3, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1467/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo (2), esta recomendación estableció que el déficit excesivo debía corregirse en 2005 a más tardar.

(3) Con arreglo al artículo 104, apartado 12, del Tratado, el Consejo debe derogar sus decisiones relativas a la existencia de un déficit excesivo cuando considere que el déficit excesivo en el Estado miembro en cuestión se ha corregido.

(4) Las definiciones de 'Gobierno' y 'déficit' se establecen en el Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo haciendo referencia a la segunda edición del Sistema Europeo de Cuentas Económicas Integradas.

Los datos para el procedimiento de déficit excesivo son facilitados por la Comisión.

(5) Teniendo en cuenta los datos facilitados por la Comisión tras la notificación de los Países Bajos realizada con anterioridad al 1 de marzo de 2005 de conformidad con el Reglamento (CE) no 3605/93 del Consejo, de 22 de noviembre de 1993, relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (3), y considerando las cuentas públicas revisadas transmitidas a Eurostat el 31 de marzo de 2005 y las previsiones de la primavera de 2005 de la Comisión, pueden sacarse las siguientes conclusiones:

-- en 2004, el déficit de las administraciones públicas se estima en el 2,3 % del PIB, frente al 3,2 % en 2003.

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