Decisión del Consejo, de 8 de julio de 2008, que modifica la Decisión 98/481/CE, por la que se designan los auditores externos del Banco Central Europeo

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

DECISIÓN DEL CONSEJO de 8 de julio de 2008 que modifica la Decisión 98/481/CE, por la que se designan los auditores externos del Banco Central Europeo (2008/571/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 27, apartado 1,

Vista la Recomendación BCE/2008/2 del Banco Central Europeo, de 30 de abril de 2008, al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Banco Central Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1) Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales del Eurosistema son controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea.

(2) Los mandatos de las empresas Coopers & Lybrand (1998-2003) y KPMG Deutsche Treuhand-Gesellschaft AG Wirtschaftsprüfungsgesellschaft (2003-2007) han expirado tras la auditoría del ejercicio de 2007. Por lo tanto, es preciso nombrar un auditor externo a partir del ejercicio 2008.

(3) El Consejo de Gobierno del BCE ha recomendado que PricewaterhouseCoopers Aktiengesellschaft Wirtschaftsprüfungsgesellschaft sea nombrado auditor externo del BCE para los ejercicios 2008 a 2012.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 1 de la Decisión 98/481/CE (2) se sustituye por el texto siguiente:

'Artículo 1

Queda designada la empresa PricewaterhouseCoopers Aktiengesellschaft Wirtschaftsprüfungsgesellschaft como auditor externo del...

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