Reglamento (UE) nº 907/2012 de la Comisión, de 20 de agosto de 2012, por el que se determina la «lista Prodcom» de productos industriales correspondiente a 2012 prevista por el Reglamento (CEE) nº 3924/91 del Consejo

Enforcement date:October 30, 2012
SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

10.10.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 276/1

ES

II

(Actos no legislativos)

REGLAMENTOS

REGLAMENTO (UE) N o 907/2012 DE LA COMISIÓN

de 20 de agosto de 2012

por el que se determina la «lista Prodcom» de productos industriales correspondiente a 2012 prevista por el Reglamento (CEE) n o 3924/91 del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n o 3924/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, relativo a la creación de una encuesta comunitaria sobre la producción industrial

( 1

), y, en particular, su

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud del Reglamento (CEE) n o 3924/91, los Estados miembros han de efectuar una encuesta comunitaria sobre la producción industrial.

(2) La encuesta sobre la producción industrial debe basarse en una lista de productos que identifiquen la producción industrial que debe ser objeto de la encuesta.

(3) La lista de productos es necesaria para permitir la armonización de las estadísticas sobre producción y las estadísticas sobre comercio exterior, así como su comparación con la clasificación estadística de productos por actividades de la UE (CPA).

(4) La lista de productos, requerida en virtud del Reglamento (CEE) n o 3924/91 y denominada «lista Prodcom», es común a todos los Estados miembros y es necesaria para comparar datos entre ellos.

(5) Es necesario actualizar la lista Prodcom; por lo tanto, se ha de determinar la lista correspondiente a 2012.

(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del sistema estadístico europeo, creado por el Reglamento (CE) n o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la estadística europea

( 2 ).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La lista Prodcom correspondiente a 2012 queda establecida como figura en el anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2012.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de agosto de 2012.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

artículo 2

apartado 6,

( 1 ) DO L 374 de 31.12.1991, p. 1.

( 2 ) DO L 87 de 31.3.2009, p. 164.

ES

ANEXO

Prodcom Descripción

Referencia a la nomenclatura del comercio exterior de 2012 (SA/NC)

Unidad fís. P Referencia a notas

NACE: 07.10 Extracción de minerales de hierro

CPA: 07.10.10 Minerales de hierro

07.10.10.00 Minerales de hierro y sus concentrados, excepto las piritas de hierro tostadas (cenizas de pirita)

2601[.11 + .12] kg S

NACE: 07.29 Extracción de otros minerales metálicos no férreos

CPA: 07.29.11 Minerales de cobre y sus concentrados

07.29.11.00 Minerales de cobre y sus concentrados 2603 kg S

CPA: 07.29.12 Minerales de níquel y sus concentrados

07.29.12.00 Minerales de niquel y sus concentrados 2604 kg S

CPA: 07.29.13 Minerales de aluminio y sus concentrados

07.29.13.00 Minerales de aluminio y sus concentrados 2606 kg S

CPA: 07.29.14 Minerales de metales preciosos y sus concentrados

07.29.14.00 Minerales de metales preciosos y sus concentrados 2616[.10 + .90] kg S

CPA: 07.29.15 Minerales de plomo, cinc, estaño y sus concentrados

07.29.15.00 Minerales de plomo, cinc, estaño y sus concentrados 2607 + 2608 + 2609 kg S

CPA: 07.29.19 Otros minerales metálicos no férreos y sus concentrados n.c.o.p.

07.29.19.00 Otros minerales metálicos no férreos y sus concentrados 2602 + 2605 + 2610 + 2611 + 2613[.10 + .90] + 2614 + 2615[.10 + .90] + 2617[.10 + .90]

kg S

NACE: 08.11 Extracción de piedra ornamental y para la construcción, piedra caliza, yeso, creta y pizarra

CPA: 08.11.11 Mármol y otros tipos de piedra calcárea ornamental o para la construcción

08.11.11.33 Mármol y travertinos, en bruto o desbastados, de forma irregular

2515 11 kg T

08.11.11.36 Mármol y travertino, simplemente cortado en bloques o placas rectangulares o cuadrados

2515 12 kg T

08.11.11.50 Piedra caliza de construcción, alabastro 2515 20 kg T

CPA: 08.11.12 Granito, arenisca y otros tipos de piedra ornamental o para la construcción

08.11.12.33 Granito y rocas similares en bruto o desbastados, de forma irregular

2516 11 kg T

08.11.12.36 Granito simplemente cortado en bloques o placas rectangulares o cuadrados

2516 12 kg T

10.10.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 276/3

ES

Unidad fís. P Referencia a notas

08.11.12.50 Arenisca 2516 20 kg T

08.11.12.90 Pórfido, basalto, cuarcitas y demás piedras de talla o de construcción, en bruto, desbastadas o simplemente cortadas, excepto las piedras calizas de talla o de construcción de densidad no inferior a 2,5, el granito y la arenisca

2506 20 + 2516 90 kg T

Prodcom Descripción

Referencia a la nomenclatura del comercio exterior de 2012 (SA/NC)

CPA: 08.11.20 Piedra caliza y yeso

08.11.20.30 Yeso natural, anhidrita (naturales o sintéticos) 2520 10 kg T

08.11.20.50 Castinas (excepto conglomerado de castinas trituradas y piedra caliza desbastada)

2521 kg T

CPA: 08.11.30 Creta y dolomita sin calcinar

08.11.30.10 Creta 2509 kg T

08.11.30.30 Dolomita sin calcinar (excepto conglomerado de dolomita triturada)

2518 10 kg T

CPA: 08.11.40 Pizarra

08.11.40.00 Pizarra, en bruto, desbasta o simplemente troceada 2514 kg T

NACE: 08.12 Extracción de gravas y arenas; extracción de arcilla y caolín

CPA: 08.12.11 Arenas naturales

08.12.11.50 Arenas silíceas (arenas cuarzosas o industriales) 2505 10 kg S

08.12.11.90 Arenas para la construcción (excepto las arenas metalíferas del capítulo 26 del SA)

2505 90 kg S

CPA: 08.12.12 Gránulos, lascas y polvos; guijarros y grava

08.12.12.10 Cantos, grava, guijarros y pedernal 2517 10 10 kg S

08.12.12.30 Piedras trituradas o machacadas utilizadas para hormigón, para construcción de carreteras y otros usos similares

2517[.10(.20 + .80)] kg S

08.12.12.50 Gránulos, tasquiles y polvo de mármol 2517 41 kg S

08.12.12.90 Gránulos, tasquiles y polvo de piedras (excluido mármol) 2517 49 kg S

CPA: 08.12.13 Mezclas de escoria y otros residuos industriales semejantes, con o sin guijarros, grava y pedernal, destinadas a la construcción

ES

Prodcom Descripción

Referencia a la nomenclatura del comercio exterior de 2012 (SA/NC)

Unidad fís. P Referencia a notas

08.12.13.00 Mezclas de escoria y otros residuos industriales semejantes, con o sin guijarros, grava y pedernal, destinadas a la construcción

2517 20 kg S

CPA: 08.12.21 Caolín y otras arcillas de caolín

08.12.21.40 Caolín 2507 00 20 kg T

08.12.21.60 Arcillas caolínicas (arcillas plásticas) 2507 00 80 kg T

CPA: 08.12.22 Otras arcillas, andalucita, cianita y silimanita; mullita; tierras de chamota o de dinas

08.12.22.10 Bentonita 2508 10 kg T

08.12.22.30 Arcillas refractarias 2508 30 kg T

08.12.22.50 Arcillas y esquistos arcillosos comunes para la construcción (excepto bentonita, arcillas refractarias, arcillas expandidas, caolín y arcillas de caolín); andalucita, cianita y silimanita; mullita; tierras de chamota o de dinas

2508[.40 + .50 + .60 + .70] kg T

NACE: 08.91 Extracción de minerales para productos químicos y fertilizantes

CPA: 08.91.11 Fosfatos de calcio naturales o fosfatos aluminocálcicos naturales

08.91.11.00 Fosfatos de calcio naturales, fosfatos aluminocálcicos naturales y cretas fosfatadas

2510[.10 + .20] kg T

CPA: 08.91.12 Piritas de hierro sin tostar; azufre en bruto o sin refinar

08.91.12.00 Piritas de hierro sin tostar; azufre en bruto y azufre sin refinar (incl. azufre recuperado)

2502 + 2503 00 10 kg T

CPA: 08.91.19 Otros minerales para productos químicos y fertilizantes

08.91.19.00 * Otros minerales químicos y fertilizantes 2511[.10 + .20] + 2528 + 2529[.21 + .22] + 2530

[.20 + .90]

kg T

NACE: 08.93 Extracción de sal

CPA: 08.93.10 Sal y cloruro de sodio puro; agua de mar

08.93.10.00 Sal (incluida la desnaturalizada, pero excluida la de mesa) y cloruro de sodio puro, incluso en disolución acuosa o con aditivos antiaglomerantes o fluidificantes

2501[.00(.31 + .51 + .99)] kg T

NACE: 08.99 Otras industrias extractivas n.c.o.p.

CPA: 08.99.10 Betunes y asfaltos naturales; asfaltitas y rocas asfálticas

08.99.10.00 Betunes y asfaltos; asfaltitas naturales y rocas asfálticas 2714 90 kg T

CPA: 08.99.21 Piedras preciosas y semipreciosas (excepto diamantes industriales), sin labrar o simplemente aserradas o desbastadas

10.10.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 276/5

ES

Prodcom Descripción

Referencia a la nomenclatura del comercio exterior de 2012 (SA/NC)

Unidad fís. P Referencia a notas

08.99.21.00 Piedras preciosas y semipreciosas (excepto diamantes industriales), sin labrar o simplemente aserradas o desbastadas

7102[.10 + .31] + 7103 10 c/k @ T

CPA: 08.99.22 Diamantes industriales, en bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados; piedra pómez; esmeril; corindón natural, granate natural y otros abrasivos naturales

08.99.22.00 Diamantes industriales, en bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados; piedra pómez; esmeril; corindón natural, granate natural y otros abrasivos naturales

2513[.10 + .20] + 7102 21 kg T

CPA: 08.99.29 Otros minerales

08.99.29.00 Otros minerales

2504[.10 + .90] + 2506 10 + 2512 + 2519[.10 + .90 (.10 + .30 + .90)] + 2524[.10 + .90] + 2525[.10 + .20 + .30] + 2526[.10 +

.20] + 2529[.10 + .30] + 2530 10 + 2621 90

kg

T

NACE: 10.11 Procesado y conservación de carne

CPA: 10.11.11 Carne de bovino, fresca o refrigerada

10.11.11.40 Carnes de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada, en canales o medias canales

0201[.10 + .20(.20 + .30 + .50)]

kg S

10.11.11.90 Otra carne de bovino despiezada, fresca o refrigerada 0201[.20(.90) + .30] kg S

CPA: 10.11.12 Carne de porcino, fresca o refrigerada

10.11.12.30 Canales y medios canales de porcino, frescos o refrigerados 0203[.11(.10 + .90)] kg S

10.11.12.50 Jamones enteros (con hueso), paletillas, y trozos de dichas piezas...

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