Dictamen del Banco Central Europeo, de 5 de diciembre de 2014, sobre una propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 184/2005, relativo a las estadísticas comunitarias sobre balanza de pagos, comercio internacional de servicios e inversiones extranjeras directas, por lo que se refiere a la atribución a la Comisión de competencias delegadas y de ejecución para adoptar determinadas medidas (CON/2014/84)

Sectiondictamen
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

30.1.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 31/3

El 15 de julio de 2014, el Banco Central Europeo (BCE) recibió del Consejo de la Unión Europea una solicitud de dictamen sobre una propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 184/2005, relativo a las estadísticas comunitarias sobre balanza de pagos, comercio internacional de servicios e inversiones extranjeras directas, por lo que se refiere a la atribución a la Comisión de competencias delegadas y de ejecución para adoptar determinadas medidas (1) (en lo sucesivo, «el Reglamento propuesto»).

La competencia consultiva del BCE se basa en el artículo 127, apartado 4, y el artículo 282, apartado 5, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, pues el Reglamento propuesto se refiere a la recopilación de las estadísticas de la balanza de pagos (BDP) que es una tarea del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento (CE) no 2533/98 del Consejo (2). El Consejo de Gobierno ha adoptado el presente Dictamene de acuerdo con lo dispuesto en la primera frase del artículo 17.5 del Reglamento interno del Banco Central Europeo.

1.1. Las estadísticas europeas se desarrollan, producen y difunden tanto por la asociación del Sistema Estadístico Europeo (SEE) como el SEBC, y ambos funcionan bajo marcos jurídicos independientes que reflejan sus respectivas estructuras de gobernanza (3).

1.2. El artículo 2 del Reglamento (CE) no 2533/98 asigna al BCE, asistido por los bancos centrales nacionales (BCN), la tarea de recopilar información sobre, entre otras cosas, la BDP y posición internacional de inversión (PII), ya sea desde las autoridades nacionales competentes o directamente de los agentes económicos. Las exigencias iniciales de información estadística del BCE en materia de BDP y estadísticas de la PII se han especificado por el Consejo de Gobierno del BCE en la Orientación BCE/1998/17 (4), refundida el 9 de diciembre de 2011 por la Orientación BCE/2011/23.

1.3. Las estadísticas de la BDP y la PII constituyen conjuntos de datos importantes para apoyar al SEBC en su función de definir e implementar la política monetaria única, lo que podría conducir a operaciones de cambio de divisas, así como de posesión y gestión de las reservas oficiales. También apoyan la evaluación de la vulnerabilidad e interconexión externas con fines de estabilidad financiera, el «cuadro de riesgos» de la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS) (5), así como el «marcador» del procedimiento de desequilibrio macroeconómico (6). Las estadísticas de la BDP y la PII son parte de las «Normas Especiales para la Divulgación de Datos» y las «Normas Especiales para la Divulgación de Datos Plus» del Fondo Monetario Internacional (FMI) (7) y son necesarias para las «consultas del artículo IV» del FMI de la zona del euro y los Estados miembros. El BCE y los BCN publican estadísticas de la BDP y la PII de forma mensual y trimestral.

1.4. El 12 de enero de 2005, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el Reglamento (CE) no 184/2005 (8), que establece requisitos de información para la elaboración de estadísticas de la Unión sobre BDP, comercio internacional de servicios e inversiones extranjeras directas. El Comité de balanza de pagos (en lo sucesivo, «el Comité de BDP»), establecido por el mismo Reglamento (9), en el que los Estados miembros están representados principalmente por los BCN, garantiza una fuerte alineación de los requisitos de información, metodología y procesos de garantía de calidad relativos a las estadísticas...

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