Directiva Delegada (UE) 2019/175 de la Comisión, de 16 de noviembre de 2018, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a una exención relativa al plomo en la frita de sellado utilizada para hacer montajes de ventana para determinados tubos láser

Enforcement date:February 25, 2019
SectionDirectiva delegada
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

5.2.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 33/23

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (1), y en particular su artículo 5, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 2011/65/UE obliga a los Estados miembros a velar por que los aparatos eléctricos y electrónicos que se introduzcan en el mercado no contengan determinadas sustancias peligrosas recogidas en el anexo II de dicha Directiva. Dicho requisito no se aplica a las aplicaciones que se enumeran en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE.

(2) Las diferentes categorías de aparatos eléctricos y electrónicos a las que se aplica la Directiva 2011/65/UE (categorías 1 a 11) figuran en el anexo I de dicha Directiva.

(3) El plomo es una sustancia restringida recogida en el anexo II de la Directiva 2011/65/UE. Sin embargo, el uso de óxido de plomo en la frita de sellado utilizada para hacer montajes de ventana para tubos láser de argón y criptón fue eximido de la restricción y figura actualmente en la entrada 32 del anexo III de dicha Directiva. La fecha de expiración de la exención para las categorías 1 a 7 y 10 era el 21 de julio de 2016.

(4) La Comisión recibió una solicitud de renovación de esta exención antes del 21 de enero de 2015, de conformidad con el artículo 5, apartado 5, de la Directiva 2011/65/UE. La exención sigue siendo válida hasta que se adopte una decisión sobre dicha solicitud.

(5) Los productos para láser que contienen plomo se utilizan como fuentes luminosas coherentes en una amplia variedad de aplicaciones científicas e industriales esenciales, como la espectroscopia, la microscopia y holografía. El material a base de óxido de plomo en los productos para láser de argón y criptón ofrece un sellado hermético estable termomecánicamente entre las ópticas y el tubo láser.

(6) La sustitución o eliminación del plomo aún es imposible científica y técnicamente en el caso de los tubos láser de argón y criptón debido a la falta de sustitutos fiables. La exención no reduce el grado de protección de la salud y del medio ambiente previsto en el Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (2). Por tanto, debe renovarse para las categorías 1 a 7 y 10 la exención para el uso de óxido de plomo en la...

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