Directiva (UE) 2016/2037 de la Comisión, de 21 de noviembre de 2016, por la que se modifica la Directiva 75/324/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los generadores aerosoles, a fin de adaptar sus disposiciones en materia de etiquetado al Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas

Enforcement date:December 12, 2016
SectionDirective
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

22.11.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 314/11

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 75/324/CEE del Consejo, de 20 de mayo de 1975, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los generadores aerosoles (1), y en particular su artículo 5,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 75/324/CEE establece normas relativas a la comercialización de generadores de aerosoles. Asimismo, armoniza los requisitos de seguridad de los generadores de aerosoles, incluidos los requisitos relativos a las capacidades nominales, el acondicionamiento y otros peligros relacionados con la presión y los requisitos de etiquetado de los generadores de aerosoles que entran dentro de su ámbito de aplicación y que se comercializan con arreglo a las disposiciones de dicha Directiva.

(2) El progreso técnico y la innovación han conducido en los últimos años al desarrollo de generadores de aerosoles con propulsores no inflamables innovadores, principalmente gases comprimidos como el nitrógeno, el aire comprimido o el dióxido de carbono. Sin embargo, la actual presión máxima permisible de los generadores de aerosoles prevista por la Directiva 75/324/CEE limita el desarrollo de generadores de aerosoles con propulsores no inflamables, ya que afecta negativamente a la eficacia del espray de este tipo de generadores de aerosoles durante toda su vida útil. Más concretamente, la caída de presión de estos generadores de aerosoles durante su uso desemboca en una expulsión menos eficaz de los contenidos y un notable deterioro de sus resultados.

(3) Mediante la Directiva 2008/47/CE de la Comisión (2) se incrementó la presión máxima permisible de los generadores de aerosoles con un propulsor no inflamable de 12 a 13,2 bares, lo que, en ese momento, era el límite máximo de presión que permitía garantizar la seguridad. Sin embargo, nuevos progresos técnicos e innovaciones hacen que sea posible volver a modificar dicho límite, sin que ello afecte a la seguridad de estos generadores de aerosoles. Por consiguiente, puede permitirse un nuevo aumento con el fin de mejorar el caudal y la calidad del espray de estos generadores de aerosoles comercializados, con lo que la oferta a disposición de los consumidores se amplía y es más eficaz.

(4) El incremento de la presión permisible de los generadores de aerosoles con un propulsor no inflamable ofrecería más posibilidades de elección a los...

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