Notificación dirigida a las personas a las que se aplican las medidas restrictivas previstas en la Decisión 2010/656/PESC del Consejo, tal como se aplica mediante la Decisión de Ejecución 2014/271/PESC del Consejo, así como en el Reglamento (CE) n o 560/2005 del Consejo, tal como se aplica mediante el Reglamento de Ejecución (UE) n o 479/2014 del Consejo, sobre medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades en Costa de Marfil

SectionAnuncio
Issuing OrganizationParlamento Europeo

13.5.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 143/4

La presente información se pone en conocimiento de las personas que figuran en el anexo II de la Decisión 2010/656/PESC del Consejo (1), tal como se aplica mediante la Decisión de Ejecución 2014/271/PESC del Consejo (2), así como en el anexo IA del Reglamento (CE) no 560/2005 del Consejo (3), tal como se aplica mediante el Reglamento de Ejecución (UE) no 479/2014 del Consejo (4), por el que se imponen medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades en Costa de Marfil.

El Consejo de la Unión Europea ha determinado que las personas que figuran en los citados anexos deben seguir estando incluidas en la lista de personas sujetas a las medidas restrictivas establecidas mediante la Decisión 2010/656/PESC del Consejo y el Reglamento (CE) no 560/2005 del Consejo.

Las personas afectadas tienen la posibilidad de presentar una solicitud a las autoridades competentes del Estado miembro o Estados miembros de que se trate, como se indica en las páginas web recogidas en el anexo II del Reglamento (CE) no 560/2005, con objeto de obtener la autorización, de utilización de fondos inmovilizados para necesidades básicas o para pagos específicos (véase el artículo 3 del Reglamento).

A efectos de la próxima revisión, por parte del Consejo, de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas, las personas afectadas tienen la posibilidad de presentar una solicitud al Consejo, antes del 31 de marzo de 2015, acompañada de la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en las citadas listas. La solicitud debe remitirse a la dirección siguiente:

Consejo de la Unión Europea Secretaría General DG C 1C Rue de la Loi/Wetstraat 175 1048 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Asimismo, se informa a los interesados de que tienen la posibilidad de recurrir la decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea, de conformidad con las...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT