Anuncio dirigido a las personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas previstas en la Decisión 2011/273/PESC del Consejo, que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución 2011/515/PESC, y en el Reglamento (UE) no 442/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) no 843/2011 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Siria

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 24.8.2011

IV

(Información)

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

CONSEJO

Anuncio dirigido a las personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas previstas en la Decisión 2011/273/PESC del Consejo, que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución 2011/515/PESC, y en el Reglamento (UE) n o 442/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) n o 843/2011 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Siria

(2011/C 245/02)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

La presente información se pone en conocimiento de las personas y entidades que figuran en el anexo de la Decisión 2011/273/PESC del Consejo, que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución 2011/515/PESC ( 1

), y en el anexo II del Reglamento (UE) n o 442/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) n o 843/2011 ( 2 ) relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Siria.

El Consejo de la Unión Europea ha determinado que las personas y entidades que figuran en los citados anexos deben incluirse en la lista de personas y entidades objeto de las medidas restrictivas establecidas por la Decisión 2011/273/PESC y por el Reglamento (UE) n o 442/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria. Los motivos de la inclusión de dichas personas y entidades en las listas se recogen en las entradas correspondientes que figuran en los anexos.

Se pone en conocimiento de las personas y entidades afectadas que tienen la posibilidad de cursar una solicitud a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes que se mencionan en los sitios web indicados en el anexo III del Reglamento (UE) n o 442/2011, a fin de obtener autorización para utilizar...

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